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Protección de Datos abre expediente a 33 registradores

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha abierto un procedimiento de infracción contra 33 registradores de la Propiedad por facilitar datos personales sin comprobar el interés legítimo que tenían los solicitantes.

Esta apertura de expedientes es fruto de las 49 denuncias presentadas por la Asociación de Usuarios de los Registros Públicos (Adeurp), presidida por el notario Javier Martínez del Moral, que logró numerosas notas simples con falsas filiaciones y argumentado intereses legítimos tan poco admisibles como "curiosidad malsana, porque me da la gana o un interés creado", o simplemente palabras sueltas como "cochinillo o chirimoya" (ver elEconomista de 20 y 23 de marzo de 2010).

Varias de las denuncias han sido descartadas porque se referían a sociedades y no llevaban más datos personales que el nombre y los apellidos del notario firmante.

Además, la AEPD ha acordado el archivo de actuaciones directas contra el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España (Corpme) al considerar que los responsables del tratamiento son los registradores y no la institución. Además, descarta el cierre del servicio al considerar que no existe una infracción muy grave, que es la que motivaría esta actuación, de carácter excepcional.

El secretario de la AEPD, Ignacio García-Belenguer, afirma en el expediente que los 33 registradores podrían haber infringido el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que establece la obligación del responsable del fichero y de quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos al secreto profesional sobre los mismos.

No hay cesión de datos

Explica que la Ley Hipotecaria establece mecanismos de salvaguardia de la seguridad jurídica de los titulares registrales, por lo que entiende que puede existir una vulneración del secreto por parte de estos registros al no verificar el interés legítimo de los solicitantes.

No obstante, presume que la emisión de la nota simple "no implica una voluntad de que la información sea utilizada indebidamente por un tercero, por lo que entiende que no puede considerarse como una cesión de datos fuera de los supuestos en que la ley la habilita".

El pasado 2 de junio de 2010 la AEPD realizó una inspección en la sede del Corpme donde se encuentran instalados los servidores, en la que se constató, que "no se ha previsto en el aplicativo informático una plantilla de documento que pueda ser utilizada para elaborar las resoluciones de denegación de la solicitud, basadas en la alegación insuficiente de interés por parte del solicitante de la nota simple".

El Corpme mostró a los inspectores que había enviado a sus colegiados instrucciones sobre la necesidad de revisar el interés alegado y algunas medidas provisionales de control, que permitían el envío por correo electrónico de las denegaciones que realizasen los registros desde el Colegio de Registradores.

También les aseguró que están previstas modificaciones en la aplicación informática para que los encargados de emitir las notas simples marquen expresamente la aceptación o denegación del interés alegado en el campo de texto libre, ya que esta casilla no existía.

Sin previsión legal concreta

Los inspectores destacan, además, que la capacidad de aceptar o denegar las notas simples está delegada por el registrador en "personal habilitado", lo que prohíbe el artículo 222 de la Ley Hipotecaria.

A preguntas de la Inspección, el Corpme respondió "desconocer si existe una previsión legal concreta sobre la delegación de funciones que el registrador pueda realizar a sus empleados en relación con la emisión de notas simples, al margen de lo previsto en el artículo 558 del Reglamento Hipotecario (que le permite contratar empleados)".

Adeurp, en una denuncia enviada al ministro de Justicia, afirma que los registros realizan "constantemente actos administrativos (emisión y denegación de notas) inexistentes por la incompetencia de quienes las expiden".

La denuncia se extiende al cobro de 10,56 euros por nota simple, lo que considera que no cuenta con respaldo legal, puesto que el arancel marca tres euros. Las ganancias las cifra en 150 millones de euros.

Solicitada la opinión del Corpme, se comunicó a elEconomista que mantendrá silencio hasta el final de las actuaciones.

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Comentarios 27

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esto es una pasada. me parece una verguenza que los señores registradores hayan tratado de descargarse de culpas en el expediente de la agencia de protección datos echando la culpa a los empleados.

Gracias a El Economista les va a salir el tiro por la culata. Ahora el ministro de Justicia Fran Caamaño les tendrá que abrir una expediente disciplinario y sancionar duramente por haber delegado ilegalmente en los empleados una competencia que es del Registrador

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#1
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esto es una pasada. me parece una verguenza que los señores registradores hayan tratado de descargarse de culpas en el expediente de la agencia de protección datos echando la culpa a los empleados.

Gracias a El Economista les va a salir el tiro por la culata. Ahora el ministro de Justicia Fran Caamaño les tendrá que abrir una expediente disciplinario y sancionar duramente.

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#2
ruiz pelaez
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a mí lo que parece acojonante es que ganen 150 millones de euros y que el trabajo lo hagan los empleados. enhorabuena, me quito el sombrero

¡¡pero si no son más que 900 en toda españa¡¡¡

a cuanto tocan por barba??'

A ver si ahora pepiño blanco les mete también en vereda como hizo con los controladores.

aunque no creo que haga nada porque la ex ministra de vivienda beatriz corredor es registradora de la propedad

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#3
SuperPepiño
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Al Ministro de Fomento le han colado en la Secretaría de Vivienda a la registradora Beatriz Corredor, que cuando se destapen los escándalos en que están metidos ella y sus socios, le va a hacer mucho daño. PEPIÑO FOR PRESIDENT.

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#4
Usuario validado en elEconomista.es
pepeuno
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La nota simple cuesta según un Decreto aprobado en 1989, 3 euros más IVA. El Registrador de la Propiedad es responsable con su patrimonio personal de los errores cometidos en las mismas. El servicio de solicitud de nota simple por Internet fue creado por el Colegio de Registradores con un enorme coste que justifica ese incremento de 3 euros a 9 más iva en las notas solicitadas por Internet. Estas notas permiten conocer el estado de titularidad y cargas de cualquier finca de España en menos de una hora (si se dan en más de dos horas los Registradores (y por tanto, nosotros) no las cobramos).

Las entidades de crédito basan operaciones de millones de euros en algo que cuesta tres euros o nueve a lo sumo.

Hay más de mil Registradores en España.

El control registral es el único serio que existe en este país.

Más le valdría al presidente de la Asociación en cuestión preocuparse de aportar algún valor cualitativo a su actividad que actualmente es nula (para qué sirve la intervención de un señor que ni siquiera me explica lo que voy a firmar"¦léase hipotecas).

Un empleado de Registros (a mí sí que me pagan, aunque ahora cobre menos que antes por la crisis de las narices, concretamente un 40 % menos que en 2007, pero es lo que hay"¦).

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#5
hasta los webos
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Los registradores cobran las notas simples que se piden por la web a 9 € y pico (más IVA) cuando el Arancel aprobado por el Gobierno dice que son 3. Tacita a tacita son millones anuales... y el Ministerio de Justicia mirando hacia otro sitio.

"pepeuno" si quieres cobrar más, díle al Gobierno que modifique el Arancel, pero una empresa monopolística no puede hacerlo unilateralmente, como tu mismo reconoces que se ha hecho.

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#6
Usuario validado en elEconomista.es
pepeuno
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El Ministerio de Justicia ni mira ni ha mirado a otro lado. Desde hace años está reconocido por la Dirección General (Ministerio de Justicia) el coste de las notas simples de Internet. Es un servicio que se presta y se puede demandar o no voluntariamente. El arancel no puede contemplar el coste de las notas de Internet porque es de 1989, pero su coste está más que reconocido y amparado por el Ministerio.

Por otra parte, en cuanto a lo de "empresa" y "monopolista", no puedo estar más en desacuerdo. El Registro es un servicio público a cargo de funcionarios que ejercen funciones de orden público y necesariamente ha de ser único ese ejercicio (como la Administración Pública es única). Al hablar del carácter de empresa del Registro supongo que te estarás refiriendo a la responsabilidad personal de dichos funcionarios (no patrimonial del Estado) y a la organización de su oficina (que es eminentemente empresarial pues se financia con el Arancel y no a cargo de los Presupuestos Generales del Estado).

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#7
jacitno
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Soy funcionario y me dedico al ámbito tributario. El arancel registral solo permite cobrar 3 euros. Los otros 9 que cobran son ilegales porque no se basan en norma con rango de Real Decreto sino en meras instrucciones.

la ley de tasas exige un real decreto con intervención de los ministerio de economía y justicia. No basta una instrucción dictada por la directora general de los registros, por muy bien que se lleve con los registradores.

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#8
jacitno
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Soy funcionario y me dedico al ámbito tributario. El arancel registral solo permite cobrar 3 euros. Los otros 9 que cobran son ilegales porque no se basan en norma con rango de Real Decreto sino en meras instrucciones.

la ley de tasas exige un real decreto con intervención de los ministerio de economía y justicia. No basta una instrucción dictada por la directora general de los registros, por muy bien que se lleve con los registradores.

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#9
yo me lo guiso, yo me lo como
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Te equivocas "pepeuno", La Dirección General no es competente para aprobar o modificar el Arancel registral. La interpretación que del mismo hacen los registradores se basa en una oscura Instrucción de dicha Dirección General... de los tiempos en que era Director General ¡un registrador!

Y ya puestos, sí, hay monopolio, en cuanto se trata de un servicio que legalmente sÓlo puede ofrecer un operador. No digo que sea bueno o malo, lo que afirmo es que encima no se le va reconocer la facultad de autoregular el precio de ese servicio.

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#10
mentira cochina
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Independientemente de que cobren el TRIPLE de lo permitido, no perdamos de vista que los registradores están incumpliendo la Ley 24/2005 de impulso para la productividad, negando el acceso inmediato y en tiempo real a la información a jueces, notarios y demás funcionarios. Y uno de las excusas para su particular chollete es precisamente ese pretendido control del interés legítimo que dicen que hacen y que se ha demostrado que es MENTIRA.

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#11
forero X
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150 millones de euros de ganancias a los que hay que añadir cientos de millones de euros por lo que nos cobran por inscribir nuestras casas, propiedades y sociedades más lo que cobran por recaudar los impuestos

esto es un escándalo de primera

y además dice el economista que reconocen en su escrito de defensa que ellos no daban las notas sino que las hacen sus empleados.

Estado de alarma contra los 900 registradores españoles inmediato, señor ministro de fomento¡¡

beatriz corredor, la registradora de la propiedad ex ministra de vivienda y ahora secretaria de estado de su ministerio, ¡¡¡a la calle ya por usar un helicopetero del ejeercito para acudir a una cita¡¡

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#12
anima 1972
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los registradores de la propiedad son en toda europa funcionarios que cobran un sueldo del estado, unos 30.000 euros.

España es el único país del mundo donde los registradores cobran a los ciudadanos un arancel que les permite unas ganancias anuales indiviuales por cabeza de aproximadamente un millón de euros al año

es imposible hacer nada contra ellos porque tienen a una registradora en el gobierno de zapatero (beatriz corredor, la ministra de vivienda) y a mariano rajoy, registrador de la propiedad de Alicante como jefe de la oposción,

No nos queda más que tragar

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#13
anima 1972
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los registradores de la propiedad son en toda europa funcionarios que cobran un sueldo del estado, unos 30.000 euros.

España es el único país del mundo donde los registradores cobran a los ciudadanos un arancel que les permite unas ganancias anuales indiviuales por cabeza de aproximadamente un millón de euros al año

es imposible hacer nada contra ellos porque tienen a una registradora en el gobierno de zapatero (beatriz corredor, la ministra de vivienda) y a mariano rajoy, registrador de la propiedad de Alicante como jefe de la oposción,

No nos queda más que tragar

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#14
plu fide
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hay notarios que piden no

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#15
Pit
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¡que imprecisión! el Secretario General no dice nada, se limita a comunicar la resolución del director, que en realidad la ha redactado un instructor de la Agencia.

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#16
eduardo
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9 euros por un informe juridico de cualquier finca de España ¿es caro?, lo que es malo es la envidia cochina,y recuerdo que cualquier español puede ser registrador, pero que requiere mucho esfuerzo y preparación, por lo que los vagos, envidiosos y los que pretenden vivir a costa de los demás, prefieren destruir un sistema magnifico,

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#17
rmc
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lamento mucho la envidia cochina que todas las profesiones jurídicas tienen a la función del registrador de la propiedad y mercantil.

ganar un millón de euros anual no es un demérito criticable sino un mérito del que lo gana.

la realidad es el que no se atreve con la dureza de la oposición de registros tiene que optar por otras oposiciones más fáciles y lógicamente peor pagadas como juez, fiscal, notario, inspector de hacienda, abogado del estado o tac

os recomiendo a todos ajo y agua.

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#18
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A los notarios que han escrito los primeros comentarios les digo que suelo ver facturas de sus compañeros en las que cobran 50 euros o más por la información del registro de la propiedad. Y También cobran por los datos del Catastro, del registro de seguros y de otras fuentes en las que no han pagado un euro por obtener la información incorporada a la escritura. !Sáquense la viga del ojo propio antes de mirar en el ojo ajeno!

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#19
yonosoytonto
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En Contra

No soy notario, pero tampoco idiota. Sin un notario o un arquitecto me quieren cobrar más, me voy a otro y punto. Si un registrador me quiere más le tengo que pagar la mordida porque no puedo ir a otro. Esto ya es raro. Lo peor es que según la APD en el negocio de las notas, los registradores sólo se limitan a cobrar y encima un trescientos por cien del máximo legal. Esto es una chorizada

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#20
yonosoytonto
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No soy notario, pero tampoco idiota. Sin un notario o un arquitecto me quieren cobrar más, me voy a otro y punto. Si un registrador me quiere cobrar de más le tengo que pagar la mordida porque no puedo ir a otro. Esto ya es raro. Lo peor es que según la APD en el negocio de las notas, los registradores sólo se limitan a cobrar y encima un trescientos por cien del máximo legal. Esto es una chorizada

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#21
Alberto
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esparcir mierda es una mala táctica de defensa. los post que han enviado los registradores metiéndose con jueces, fiscales, notarios y demás colectivos no excusan la denuncia que publica el economista.

Quizás es que los hechos denunciados no admitan ninguna defensa

EStoy esperando escuchar las razones por las que cochinillo o chirimoya son interese legítmos para que un registrador venda datos personales míos a través de un negocio web.

A lo mejor, además de la denuncia en proteción de datos, tenemos también los consumidores otras denuncias como pedir que los registradores devuelvan a la sociedad los 150 millones de euros que han ganado con nuestros datos personales.

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#22
Venancio
A Favor
En Contra

A eduardo y rmc. Se os ve el plumero debajo del agua. Las mentiras tienen las patas muy cortas y las vuestras ni siquiera llegan a la categoría de muñón verbenero. Vamos a ver, la oposición de abogado del Estado es mucho más compleja y extensa que la de registrador y eso cabe decirlo de otra media docena de oposiciones como letrado de Cortes, del Consejo de Estado o notario. Los jueces y fiscales con una oposición de entidad muy semejante asumen responsabilidades mucho más importantes y los inspectores de Hacienda desarrollan una función de mayor entidad económica. Es decir no existe razón para que los registradores cobren del mercado sin estar en el mercado. No se puede justificar por la dureza de la oposición porque "“más allá del absurdo- existen oposiciones más duras; tampoco por la responsabilidad, porque existen funcionario con responsabilidades más importantes, ni tampoco por la rentabilidad económica, puesto que existen cuerpos funcionariales que tienen mayor importancia patrimonial y recaudatoria.

El problema no es lo que cobran. El problema es si es legal lo que cobran, si realizan un trabajo que justifique el cobro y si pueden decidir a capricho la cuantía de lo que cobran al consumidor. Y las tres preguntas tienen una respuesta negativa. Primero, las rentas de monopolio están prohibidas en toda la Unión Europea. Sólo los registradores españoles incumplen esa prohibición. Por consiguiente, es ilegal cobrar del mercado sin estar en el mercado. En este sentido se pronuncia la Ley de Colegios Profesionales que es aplicable a los registradores. Segundo, la noticia demuestra que cobran por no hacer nada, que se limitan a comprobar que la tarjeta tiene fondos para pagar y punto. El resto lo hacen los empleados que carecen de competencia legal y, por tanto, de forma ilícita. Y tercero, multiplicar por tres el arancel por medio de una Instrucción de la Dirección, siendo director un registrador (ex tesorero del Colegio de Registradores) es una cacicada que debe estudiar el Fiscal Anticorrupción, entre otras cosas, porque lo prohíbe la Ley de Tasas y el Tribunal Supremo ha negado a la Dirección de los Registros facultades de modificar el arancel. Pero, en fin, si algo caracteriza al Colegio de Registradores es su capacidad de incumplimiento de legalidad por razones de interés corporativo.

Por último, la APD ha destapado algo muy importante: el Colegio de Registradores no tiene responsabilidad en la cesión ilegal de datos por registradores ya que carece de competencia. En suma, si no tiene competencia ni responsabilidad ¿a santo de qué se lleva un tercio de esos honorarios ilícitamente? Evidentemente estamos ante un caso de financiación ilegal del Colegio de Registradores.

Lo que decía, ¿dónde está el Fiscal Anticorrupción?

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#23
vasco
A Favor
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A eduardo y rmc. Se os ve el plumero debajo del agua. Las mentiras tienen las patas muy cortas y las vuestras ni siquiera llegan a la categoría de muñón verbenero. Vamos a ver, la oposición de abogado del Estado es mucho más compleja y extensa que la de registrador y eso cabe decirlo de otra media docena de oposiciones como letrado de Cortes, del Consejo de Estado o notario. Los jueces y fiscales con una oposición de entidad muy semejante asumen responsabilidades mucho más importantes y los inspectores de Hacienda desarrollan una función de mayor entidad económica. Es decir no existe razón para que los registradores cobren del mercado sin estar en el mercado. No se puede justificar por la dureza de la oposición porque "“más allá del absurdo- existen oposiciones más duras; tampoco por la responsabilidad, porque existen funcionario con responsabilidades más importantes, ni tampoco por la rentabilidad económica, puesto que existen cuerpos funcionariales que tienen mayor importancia patrimonial y recaudatoria.

El problema no es lo que cobran. El problema es si es legal lo que cobran, si realizan un trabajo que justifique el cobro y si pueden decidir a capricho la cuantía de lo que cobran al consumidor. Y las tres preguntas tienen una respuesta negativa. Primero, las rentas de monopolio están prohibidas en toda la Unión Europea. Sólo los registradores españoles incumplen esa prohibición. Por consiguiente, es ilegal cobrar del mercado sin estar en el mercado. En este sentido se pronuncia la Ley de Colegios Profesionales que es aplicable a los registradores. Segundo, la noticia demuestra que cobran por no hacer nada, que se limitan a comprobar que la tarjeta tiene fondos para pagar y punto. El resto lo hacen los empleados que carecen de competencia legal y, por tanto, de forma ilícita. Y tercero, multiplicar por tres el arancel por medio de una Instrucción de la Dirección, siendo director un registrador (ex tesorero del Colegio de Registradores) es una cacicada que debe estudiar el Fiscal Anticorrupción, entre otras cosas, porque lo prohíbe la Ley de Tasas y el Tribunal Supremo ha negado a la Dirección de los Registros facultades de modificar el arancel. Pero, en fin, si algo caracteriza al Colegio de Registradores es su capacidad de incumplimiento de legalidad por razones de interés corporativo.

Por último, la APD ha destapado algo muy importante: el Colegio de Registradores no tiene responsabilidad en la cesión ilegal de datos por registradores ya que carece de competencia. En suma, si no tiene competencia ni responsabilidad ¿a santo de qué se lleva un tercio de esos honorarios ilícitamente? Evidentemente estamos ante un caso de financiación ilegal del Colegio de Registradores.

Lo que decía, ¿dónde está el Fiscal Anticorrupción?

Puntuación 4
#24
LUIS
A Favor
En Contra

da igual lo que digáis. No soy registrador pero lo tengo muy claro: si cualquier gobierno intenta tocar a los registradores, que se preparen.

Si los registradores se ponen en huelga durante una semana, se hunde el país porque no se inscribiría nada y los bancos dejarían de dar hipotecas.

Mucho cuidado con lo que hacéis y decís. Los registradores de la propiedad y mercantiles no son tan fáciles de doblegar como los controladores aereos.

A lo mejor también cierran el servicio web de notas de información registral y tenéis que volver a pasar con la cabeza gacha por el mostrador del registro para que os hagan el favor de daros una nota antes el plazo legal de 4 días.

Dejad de enredad por 9 euros, que es una miseria y dedicaros a trabajar más horas para poder ganar el dinero que ganan los registradores.

Puntuación -1
#25