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El demandante tiene la carga de demostrar la fecha de la maquinación fraudulenta

Corresponde al demandante en revisión la carga de demostrar fehacientemente la fecha en la que tuvo conocimiento de la maquinación fraudulenta que originó la sentencia adversa e injusta, a partir del cual se ha de contar el plazo de tres meses, según sentencia del TS, de 20 de diciembre de 2010.

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