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Economía/Legal.- El nuevo Código Penal "criminaliza" los negocios al responsabilizar a la empresa, según expertos

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

Abogados penalistas españoles han mostrado su preocupación por la "criminalización de los negocios", que se producirá con la entrada en vigor mañana del nuevo Código Penal, al incluir la responsabilidad penal de la empresa, según el análisis realizado por cinco letrados recogido por 'Diariojurídico'.

Todos ellos señalan que habrá un "antes y un después" tras las modificaciones del Código Penal, por introducir la responsabilidad penal de las personas jurídicas, es decir, de las propias empresas frente a sus actos y los de sus empleados.

La inclusión de esta nueva figura jurídica es el resultado de adaptar el derecho penal español a las directivas comunitarias que emanan del Tratado de Lisboa, y que ya existen en países como Francia, Holanda, Italia o Bélgica.

El socio del área penal de Gómez-Acebo & Pombo Carlos Saiz ha explicado que con esta nueva figura penal la empresa "puede ser sujeto activo de determinados delitos".

En este sentido, el experto señala que la responsabilidad se alcanza por una doble vía; en primer lugar por delitos cometidos por administradores o responsables de la empresa, así como por los delitos cometidos por todos aquellos que están sometidos a su autoridad, siempre que sobre ellos no se haya ejercido el control adecuado.

"Esta última vía de responsabilidad es la que más preocupa, porque es una responsabilidad por no vigilar; por negligencia que puede ser más difícil de atajar o limitar por parte de las compañías", apunta Saiz.

Por su parte, la responsable del área penal del despacho Pérez Llorca, Adriana Buerba, ha destacado que la reforma es muy amplia e introduce "nuevos delitos, como el de corrupción entre particulares que tampoco existía hasta ahora, o la estafa de inversores en el ámbito del mercado de valores".

PENAS MAS DURAS POR DELITO FISCAL Y BLANQUEO.

La reforma penal modifica también el delito fiscal y el de blanqueo de capitales con un endurecimiento de las penas. En este sentido, el socio director de Luis Romero abogados, Luis Romero, ha apuntado que las penas irán de uno a cinco años y se incrementarán las multas.

Otra novedad importante es que el juez podrá pedir a la Agencia Tributaria que colabore con él en la orden de ejecución de la sentencia, sobre todo en lo referido a la responsabilidad civil y al pago de la multa por delito fiscal.

Respecto al blanqueo de capitales, lo importante de la reforma radica en que incluso en los delitos que hayan prescrito se perseguirá la conducta de blanqueo para que no quede exenta de la pena. En este sentido, Romero ha apuntado que existe "una presunción mayor para que la autoridad judicial se pueda apropiar de los bienes derivados de estas conductas".

El socio del área procesal y experto en derecho penal de Garrigues Gabriel Castro ha subrayado que se está recomendando a las empresas "implantar un programa de prevención de delitos". Otro de los cambios transcendentes es la posibilidad de que en el seno de las fusiones y absorciones de las empresas pueda trasladarse la responsabilidad a la empresa que se fusiona.

Por último, Alfredo Domínguez, abogado de Cuatrecasas, Goncalves y Pereira ha señalado que con estas reformas el derecho penal "ha pasado a estar encima en las mesas de los despachos de los directivos de las empresas más importantes de España".

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