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Puede condenarse a quien primeramente fue absuelto

Tras un accidente de circulación, se condenó a una de las partes y se absolvió a la otra, tras lo cual se presenta un recurso por la parte condenada que resulta estimado, cambiando la situación de manera que entonces resulta condena la parte primeramente absuelta, así se declara en este sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz de 3 de septiembre de 2010.

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