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Los jueces temen los efectos de la culpabilidad societaria

El magistrado Prego denuncia la preocupación del Tribunal Supremo por una "ficción" que es una "imposibilidad". "Se van a plantear problemas gravísimos en la justicia española tras la entrada en vigor de la reforma del Código Penal, por la inclusión de la responsabilidad de las personas juridicas", según advirtió ayer el magistrado del Tribunal Supremo, Adolfo Prego.

Durante su intervención en la jornada Reforma del Código Penal en materia empresarial, organizada por la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD) y Cuatrecasas Gonçalves Pereira, añadió que "existe una enorme preocupación en el Tribunal Supremo, y que será la jurisprudencia la que hará que se produzca el menor daño posible en la certeza y seguridad jurídica".

Explicó, también, el magistrado, que "trasladar el Derecho Penal dirigido a las personas físicas, y sus elementos constitutivos de acción y culpabilidad , a la ficción de las personas jurídicas es una imposibilidad". Y esto, señaló, "es lo que ha hecho el legislador español". Por tanto, prosiguió, este encaje va a provocar, en muchas ocasiones, una merma de las garantías de defensa que se subsanará con las interpretaciones del Tribunal Supremo, "que no está dispuesto a volatilizar las conquistas del Derecho Penal".

Por otro lado, desmintió que la reforma atienda a las exigencias de la legislación europea que, "si bien obliga a los Estados miembros a eliminar los supuestos de impunidad de las personas jurídicas, nada dice de que esto deba hacerse en el ámbito del Derecho Penal". Y explicó que "existen mecanismos suficientes para perseguir las mismas finalidades, como es el Derecho Administrativo sancionador".

Falta de normas procesales

Por su parte, el fiscal del Tribunal Supremo, Antonio del Moral, enfatizó en la falta de normas procesales acomodadas a esta nueva existencia de responsabilidad penal de las empresas. Unas normas que, a su juicio, "son necesarias para limitar las interpretaciones heterogéneas en los juzgados".

Así, repasó distintos aspectos de difícil aplicación para las personas jurídicas como las medidas cautelares destinadas a asegurar la presencia física del condenado en fase de ejecución de sentencias, las reglas de comparecencia en el proceso, o la aplicación de derechos como el de no declarar contra sí mismo.

Por todo ello, subrayó la necesidad de "destilar en las normas procesales todos los aspectos nucleares para aplicarlos a las sociedades, prescindiendo de todos los demás aplicables únicamente a las personas físicas".

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