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Conozca cuáles son las prestaciones que se incluyen en el seguro escolar

Ahora que estamos en tiempo de matrículas es importante saber qué ofrece el seguro escolar obligatorio, cuya cuota está fijada en 2,24 euros, de los cuales, 1,12 abona el alumno y el MEC otros 1,12.

El seguro escolar acoge a estudiantes menores de 28, españoles o extranjeros, residentes legalmente en España, que cursen estudios de manera oficial en tercero y cuarto de Enseñanza Obligatoria Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, (de grado medio, superior y especial), estudios universitarios (de grado medio y superior) y cursos del tercer ciclo de estudios universitarios conducentes al título de Doctor. El seguro se activa automáticamente en el momento de realizar la matrícula.

Asistencia médica que ofrece el seguro escolar

Por enfermedad contraída y sufrida durante el período de vida que protege el seguro, y comprende, con carácter obligatorio los casos de tuberculosis pulmonar y ósea, cirugía general, neuropsiquiatría y tocología. Con carácter graciable las prestaciones de fisioterapia, cobaltoterapia, radioterapia, cirugía maxilofacial, raduimterapia y riñón artificial.

Por accidente escolar, toda lesión corporal sufrida en el transcurso de actividad directa o indirectamente relacionada con su condición de estudiante, incluyendo las de carácter deportivo, viajes de estudios, de fin de carrera, etc, siempre que estas actividades hayan sido organizadas o autorizadas por los centros de enseñanza. En este supuesto la cobertura incluye la asistencia médica y farmacéutica y, en su caso, internamiento hospitalario e intervención quirúrgica. Si el estudiante eligiese para el tratamiento un centro no concertado se le abonarán las facturas según tarifas. Se le facilitarán, asimismo, aparatos de prótesis y ortopédicos.

Asistencia farmacéutica que ofrece el seguro escolar

Cubierta la totalidad en caso de internamiento y el 70 por ciento de las prestaciones farmacéuticas en tratamiento ambulatorio. Indemnizaciones económicas en caso de accidente, incapacidad permanente absoluta para los estudios: indemnización entre 150,25 y 601,01 euros. Gran invalidez: en este caso el estudiante tendrá derecho a una pensión vitalicia de 144,24 euros anuales

Infortunio familiar, para asegurar al estudiante la continuidad o término de los estudios iniciados en caso de fallecimiento del cabeza de familia o ruina familiar, se abonarán pensiones de 86,55 euros anuales durante los cursos que le falten hasta fin de la carrera sin repetir curso, incrementada en el caso de familias numerosas, que se solicitará antes de que transcurran cinco años del hecho causante.

Incompatibilidades:

Las prestaciones del seguro escolar son incompatibles con otras de idéntico contenido y derivadas de análogo riesgo de las que puedan ser beneficiarios los afiliados a aquél, en su condición de afiliados a algún Régimen de la Seguridad Social o de beneficiarios de algún titular.

Se declara la compatibilidad con aquellos beneficios de índole semejante que puedan contratarse en compañías de seguro o empresas particulares.

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