
Los tribunales de un Estado miembro en cuyo territorio se ha abierto un procedimiento de concurso tienen competencia para revocar las compraventas fraudulentas efectuadas por un deudor con domicilio social en otro Estado comunitario e intentar que los bienes vendidos reviertan nuevamente al patrimonio del acreedor para que pueda recuperar la deuda.
Así, se establece en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea (TJCE), en la que se considera que en los concursos sobre sociedades no residentes es posible que los tribunales superen los límites establecidos por las fronteras internas de la Unión Europea (UE), puesto que éstos tienen competencia para actual sobre las acciones que guardan relación con ellos en el territorio de la UE.
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