Indicadores EEUU

La economía de EEUU creció un 5% en el tercer trimestre, la mayor subida en 11 años

La economía de Estados Unidos creció en el tercer trimestre de 2014 un 5% anualizado, según recoge la tercera estimación publicada por el Departamento de Comercio. Este incremento supone la mayor subida desde el tercer trimestre de 2003. Los analistas consultados por Bloomberg esperaban un avance del 4,3%.

La lectura anterior recogió un crecimiento del 3,9% en el mismo período, por lo tanto ha subido un 1,1 puntos. Tras esta segunda revisión al alza del dato del periodo comprendido entre julio y septiembre, el crecimiento de la economía estadounidense logra superar el segundo trimestre, cuando el PIB estadounidense registró un fuerte aumento del 4,6%.

El Gobierno estadounidense hace hincapié en que la tercera estimación está basada en información más completa que la utilizada para elaborar el dato publicado hace un mes. En concreto, subraya que tanto el gasto de los consumidores como la inversión fija no residencial fueron mayores de lo previsto.

Gasto personal de los consumidores

El Departamento de Comercio destaca que el incremento del PIB en el tercer trimestre refleja principalmente las contribuciones positivas del gasto personal de los consumidores, las exportaciones, la inversión fija residencial y no residencial y el gasto tanto de los gobiernos locales y estatales como del federal. Asimismo, se produjo un descenso de las importaciones.

La aceleración del PIB respecto al trimestre anterior refleja principalmente una caída de las importaciones, un repunte del gasto federal y una aceleración del gasto de los consumidores, que se vieron compensados por una menor inversión privada en inventarios y una desaceleración de las exportaciones, la inversión fija no residencial y residencial y el gasto de los gobiernos locales y estatales.

En concreto, el gasto personal de los consumidores, una de las partidas que más contribuye al dato, aumentó en el tercer trimestre de 2014 un 3,2%, cifra superior al incremento del 2,5% registrado en el segundo trimestre y mejor que el 2,2% de la segunda estimación.

Por su parte, las exportaciones de bienes y servicios repuntaron un 4,5%, porcentaje inferior tanto al 11,1% del trimestre anterior como al 4,9% recogido en el dato publicado a finales de noviembre.

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Comentarios 49

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europa
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Y aquí estamos a ver si crecemos un 1%... dos mundos diferentes.

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#1
Antonio
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Eso es nada para nosotros ya lo ha dicho el Sr. Guindos. Ni los EEUU ni Reino Unido ni nadie . NOSOTROS LOS PRIMEROS. Y lo que vamos a crecer de aquí a que se celebren las elecciones. No saben ustedes bien. Y lo malos que van a ser los de PODEMOS hasta entonces.

Puntuación 46
#2
Xavi2
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Recuerda a los crecimientos de la última época de Clinton... cuando el deficit comercial batía records y el crecimiento se basaba en el consumo. Que es lo que les puede volver a pasar con el Dólar fuerte. Para las exportaciones europeas es magnífico.

Puntuación 12
#3
El sistema
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Estos capitalistas!!

Puntuación 6
#4
juansinmieddo
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Increible

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#5
harto de Mariano
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Y luego nos venden que es mejor la política de Mariano, que los democratas y Obama lo hacen mal.

Aqui no llegamos ni al 1 % y manipulando los datos, jua, jua, la locomotora de Europa.

Puntuación 33
#6
We are the 99%
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Tranquilos que en breve con Podemos creceremos al 6....aunque sea en negativo.

Puntuación 7
#7
jcop
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los nacis han perdido todas las guerras mundiales, como siempre nos equivocamos de aliados

Puntuación -2
#8
We are the 99%
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En EEUU todos son de derechas. Los republicanos y los demócratas, con la diferencia de que unos están más a la derecha y otros más al centro. La izquierda o la extrema izquierda son impensables en un país que prima el esfuerzo, la formación, la iniciativa, etc. Sólo en países donde prima la holgazanería, la izquierda y la extrema izquierda tienen voz.

Puntuación 20
#9
Sandokan
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Crecer se puede crecer hasta el infinito si incluimos el Gasto en el PIB. De esa forma aumentamos deuda y crecemos. Aumentamos más la deuda y crecemos más. Pero si todo va tan bien, porqué siguen los tipos de interés a cero y se esperan que sigan muuucho tiempo?

Puntuación 22
#10
Opino
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Muy interesante y ojala que vaya todo mejor el año que viene y que Europa pueda unirse al crecimiento de EEUU.

Puntuación 3
#11
progresista
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Siempre nos quedará Michael Moore para consolarnos.....

Puntuación 0
#12
Bujajajajaja.......
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Número 9, tú has visto muchas películas de " jolibud " , el esfuerzo ,la inciativa , los yankis son seres de luz y el resto del mundo no merecemos compartir el planeta con ellos .....

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#13
ff
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Esto me recuerda a 1929.

Puntuación 14
#14
bonchi
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El dilema.

Los expertos suelen estimar que una reducción del gasto público equivalente a un punto porcentual genera una disminución de la riqueza en torno a medio punto. Nuestro recorte era de un 15%, por lo tanto nuestro crecimiento iba a verse afectado. Hay dilemas en los que no existen la alternativa, salvo en términos teóricos. El tiempo ha venido a confirmar que una consolidación fiscal acentuada, aplicada a una economía sin crecimiento ahoga a esta aún más. Los defensores a ultranza de la austeridad esgrimen a menudo que una política de rigor fiscal supone un estímulo al crecimiento porque genera confianza.



1. PROVIDENCIA DE ALCALDÍA.

Teniendo en cuenta la necesidad de proceder a la contratación de las obras de __________________________________________________________, según proyecto técnico aprobado al efecto , cuyo presupuesto asciende a la cantidad de __________ (IVA incluido) correspondiendo a IVA la cantidad de _______ euros, iníciense los trámites necesarios para llevar a cabo la referida contratación, como contrato menor, si procediese.

En____________________________ a______ de____________ de _____.

EL ALCALDE





Fdo.: ____________________________



2. INFORME JURÍDICO

El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, regula en los artículos 111 y 138.3, el contrato menor.

De acuerdo con estos artículos los contratos menores, que se definen exclusivamente por su cuantía, la tramitación del expediente sólo exigirá la aprobación del gasto, y la incorporación al mismo de la factura correspondiente que reúna los requisitos reglamentariamente establecidos. Además, en el contrato menor de obras es necesario el presupuesto de las obras, sin perjuicio de la existencia de proyecto cuando normas específicas así lo requieran; en este caso, el proyecto deberá contener estudio de seguridad y salud o estudio básico de seguridad y salud de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.

Estos contratos no podrán tener una duración superior a un año, ni ser objeto de prórroga ni de revisión de precios. Asimismo, resulta preciso proceder a señalar el plazo de ejecución del contrato, que será el que se exprese en el correspondiente proyecto.

Los requisitos exigidos por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, tienen el carácter de mínimos por lo que no existe impedimento en que, por parte del órgano de contratación, se exijan otros en orden a delimitar los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.

Por lo tanto, dada la naturaleza del contrato de obras, en orden a garantizar la correcta ejecución de las obras, resulta conveniente exigir que, por parte, del adjudicatario se preste garantía definitiva del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato.

La garantía depositada responderá de los conceptos señalados en el art. 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, debiendo indicarse vencimiento del plazo de la misma, de modo que no se producirá su devolución o cancelación hasta que se haya producido dicho vencimiento y cumplido satisfactoriamente el contrato o se haya resuelto sin culpa del contratista.

Concretamente, el art. 138.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, establece que tendrán la consideración de contratos menores de obras aquellos cuya cuantía no exceda de 50.000 euros, IVA excluido.

La competencia para contratar, de conformidad con lo previsto en el apartado primero de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se atribuye al Alcalde, siempre que el importe del contrato no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto. Si se supera el referido porcentaje la competencia corresponderá al Pleno.

Se emite el presente informe sin perjuicio de otro de mejor criterio fundado en derecho en __________________________a_____ de __________ de ____.

EL SECRETARIO



Fdo.: ______________________________



3. MODELO DE CERTIFICADO DE CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA

D._________________________________________ Secretario-Interventor del Ayuntamiento de__________________________________________________________.

CERTIFICO: Que en el presupuesto de este Ayuntamiento para el ejercicio de dos mil __ figuran consignados en la aplicación presupuestaria que a continuación se indica las siguientes cantidades:

ESTADO DE GASTOS:

Aplicación presupuestaria: Programa Clasificación económica

________ __________________ euros

Y para que conste a efectos del expediente que se tramita para la contratación de las obras de __________________________________, expido la presente certificación, visada mi firma por el Sr. Alcalde, en _____________________ a _______de________________ de dos mil ___.

Vº Bº

EL ALCALDE





Fdo:___________________________



4. INFORME DE SECRETARÍA

En orden a la contratación de las obras de __________________________, cuyo presupuesto, según proyecto aprobado al efecto, asciende a la cantidad de ____________________ euros (IVA incluido), correspondiendo al IVA ______________€, se informa lo siguiente:

De conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre:

1º.- Existe proyecto técnico de las obras de referencia, aprobado en fecha_________.

2º.- Existe crédito suficiente en el presupuesto de gastos para ______________________ en la aplicación presupuestaria ____________________________.

3º.- De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero de la Disposición Adicional Segunda, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la competencia para contratar corresponde al Alcalde-Presidente / Pleno de la Corporación.

Por todo ello no hay inconveniente legal en que se adjudique a ____________________ como contrato menor las obras de __________________________ en el precio de __________________ euros (IVA incluido), correspondiendo al IVA la cantidad de _______ euros, de acuerdo a las siguientes condiciones:

Las obras habrán de ejecutarse con estricta sujeción al proyecto técnico.

El plazo de ejecución de las obras será de _________ días / meses, que comenzará a contarse desde __________________.

El contratista adjudicatario estará obligado a cumplir lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, así como de todas las determinaciones de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y demás normativa que la desarrolle, en la medida en que sean aplicables al presente contrato. Igualmente, el contratista estará obligado a cumplir, en relación con las obras objeto de contratación, todas las obligaciones que se le impongan en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

El contratista deberá, una vez notificada la resolución de adjudicación, aportar una garantía del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato que asciende a la cantidad de _____________ euros, en el plazo de quince días a contar desde la notificación, y el Plan de Seguridad y Salud que será aprobado por el órgano de contratación antes del comienzo de la obra.

El plazo de garantía será de ____________ a partir de la recepción total o parcial.

En ______________________ a ________de ____________ de _____.

EL SECRETARIO





Fdo:___________________________



5. DECRETO DE ALCALDÍA / ACUERDO DE PLENO

En relación a expediente para contratación de las obras de __________________________, y visto el informe de Secretaría emitido al respecto, RESUELVO / ACUERDO:

PRIMERO: Aprobar el gasto correspondiente, con cargo a la aplicación presupuestaria__________, por importe de________ .

SEGUNDO: Adjudicar, por "contrato menor", la contratación de las obras de ___________________________ a ___________________, con C.I.F Nº _____________, en el precio de _________________ euros, (IVA incluido), correspondiendo al IVA la cantidad de _______euros, con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente del vigente presupuesto de gastos.

La ejecución de las obras se ajustará a las siguientes condiciones:

- Se ejecutarán con estricta sujeción al proyecto técnico elaborado por ______________

- El plazo de ejecución de las referidas obras es de ______ días / meses, y comenzará a contarse desde __________________.

- El contratista adjudicatario estará obligado a cumplir lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, así como de todas las determinaciones de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y demás normativa que la desarrolle, en la medida en que sean aplicables al presente contrato. Igualmente, el contratista estará obligado a cumplir, en relación con las obras objeto de contratación, todas las obligaciones que se le impongan en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición

TERCERO: El contratista deberá ingresar, en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la notificación de la presente, garantía por importe de _______________ euros.

El plazo de garantía será de _________ a partir de la recepción, ya sea total o parcial.

CUARTO: Notifíquese esta resolución al interesado.

QUINTA: Contra este acto administrativo, que es definitivo en vía administrativa pueden los interesados interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo sito en Valladolid en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto, y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recuso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.

En ______________ a ______ de ________________ de ______.

EL ALCALDE Ante mí,

EL SECRETARIO



Fdo.: ______________ Fdo.:______________



7. DECRETO/ ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD

Presentado por la empresa __________, adjudicataria de las obras de __________, el PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO al que se refiere el Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, el cual ha sido informado favorablemente por D. ____________ Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras de referencia, de acuerdo con el art. 7 del Real Decreto 1627/1997, y en uso de las atribuciones conferidas, RESUELVO:

Aprobar el PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO de las obras de _____________________ presentado por la empresa _____________.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 89.3 de la Ley 30/1992, contra este acto resolutorio procede recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, computándose tales plazos a partir del día siguiente al de la notificación o publicación procedentes, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.



8. DECRETO /ACUERDO POR EL QUE SE ACEPTA EL PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN.

Presentado por la empresa __________, adjudicataria de las obras de __________, el PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN, al que se refiere el artículo 5 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, el cual ha sido aprobado por el Director Facultativo de las obras D.___________________________, y en uso de las atribuciones conferidas, RESUELVO/ SE ACUERDA:

Aceptar el PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN presentado por la empresa _____________ y aprobado por el Director Facultativo de las obras de ___________________________________.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 89-3 de la Ley 30/1992, contra este acto resolutorio procede recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, computándose tales plazos a partir del día siguiente al de la notificación o publicación procedentes, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

6. CONTRATO DE OBRA

En Valladolid a _______________

COMPARECEN

De una parte _________________________, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de _________________ provincia de Valladolid, exceptuado de reseñar sus circunstancias personales por comparecer por razón del cargo que ocupa y facultado para este acto en virtud de las competencias que la vigente legislación le atribuye.

De otra parte _______________ con N.I.F./C.I.F., domiciliado en ____________, actuando en representación de la empresa _________________ conforme poder suficiente.

Ambas partes se reconocen plena capacidad y competencia para formalizar el presente contrato, dando fe pública de ello, el Secretario del Ayuntamiento.

ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

PRIMERO: Por Decreto / Acuerdo de fecha _______ se iniciaron los trámites y se aprobó el gasto para la realización de la obra de _________________ siendo el presupuesto de la obra _______ euros (______ €), (IVA. incluido), correspondiendo al IVA la cantidad de _______ euros.

SEGUNDO: El gasto está fiscalizado por la Intervención de esta Entidad con fecha _______ existiendo al respecto documento de R.C. de fecha ________, con cargo a la aplicación presupuestaria ________, habiendo sido aprobado el gasto al iniciar el expediente / existe certificado de la existencia de crédito.

TERCERO: La adjudicación de este contrato fue acordada por Decreto / Acuerdo de Pleno de fecha _______ cuya copia se une a este contrato.

CUARTO: Para responder del cumplimiento de este contrato, ha sido constituida en la Tesorería de este Ayuntamiento, una garantía definitiva por importe de ______ (____ €), uniéndose copia del resguardo.

CLíUSULAS DEL CONTRATO

PRIMERA: El contratista se compromete a llevar a cabo el objeto del contrato consistente en la ejecución de las obras de _______ en ________________ con estricta sujeción al proyecto aprobado por el Ayuntamiento.

Así mismo la empresa ________, se somete a la regulación establecida en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto esté vigente, y se compromete expresamente a cumplir lo dispuesto en la vigente Legislación Laboral y de Seguridad Social y de forma especial todo lo referente a la prevención de riesgos laborales en los términos previstos en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción; en concreto, en cumplimiento del artículo 19.1 de este Real Decreto 1627/1997, el contratista deberá comunicar a la autoridad laboral la apertura del centro de trabajo, antes de comenzar los trabajos, incluyendo el plan de seguridad y salud en dicha comunicación . Igualmente el contratista se compromete a cumplir, en relación con las obras objeto de contratación todas las obligaciones que el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los Residuos de construcción y demolición, le impone en cuanto poseedor de residuos de construcción y demolición

SEGUNDA: El precio del contrato es de _______ (______ €) (IVA. incluido), correspondiendo a IVA la cantidad de ________ euros, que serán abonados una vez realizada la obra y presentada la factura. El pago del precio se efectuará en el plazo establecido en el artículo 216.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en relación con la Disposición Transitoria Sexta de dicho Texto Refundido.

TERCERA: El plazo de ejecución de las obras es de _______, que comenzará a contarse desde ________________________.

CUARTA: El plazo de garantía será de _________ a partir de la recepción, ya sea total o parcial.

Leído el presente contrato y los documentos a él unidos, se firma por las partes en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.

Por el Ayuntamiento de ________________ Por el CONTRATISTA,



Fdo. ________ Fdo.: _______________

EL SECRETARIO,



Fdo.: __________________

Nota I: De conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la denominación de contratos menores, lo es en consideración a su importe, que ha de ser inferior a 50.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 18.000 euros, cuando se trate de otros contratos. En cuanto a la duda que se ha venido planteando sobre si en esta cantidad debe entenderse o no incluido el IVA, podemos indicar que la doctrina se ha pronunciado en ambos sentidos pero, actualmente el criterio reiterado por la Junta Consultiva Central (Informes 43/08, 26/08, 15/09 y 38/09) es en el sentido de que el IVA queda excluido.

Por su parte, la Ley 3/2011, de Contratos del Sector Público de Aragón en su artículo 4. 2 al referirse a los contratos menores también excluye el IVA.

No obstante, habrá de tenerse en cuenta que cuando nos refiramos al importe de los contratos a los efectos de determinar la competencia de los diferentes órganos deberá considerarse con el IVA incluido, según dispone la Disposición Adicional 2.ª, 14 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Nota II.- El apartado 6 de la disposición adicional segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de de la Ley de Contratos del Sector Público establece un régimen especial para los municipios de población inferior a 5.000 habitantes, en cuanto que la aprobación del gasto será sustituida por una certificación de existencia de crédito, expedida por el Secretario-Interventor. En los contratos menores, artículo 111, se establece que sólo se exigirá la aprobación del gasto (que es como se recoge en el modelo de expediente elaborado por este Servicio de tal forma que sea el propio órgano político quien asuma mediante el Decreto por el que se acuerda realizar el gasto que el mismo está reconocido) y la factura correspondiente.

En la redacción contenida en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de de la Ley de Contratos del Sector Público expresamente se señala que la aprobación del gasto será sustituida con la certificación de existencia de crédito expedida por el Secretario-Interventor nos podemos encontrar que si no se ha plasmado la voluntad política en algún documento que forme parte del Presupuesto anual (Bases de ejecución del Presupuesto), se genere algún problema. En consecuencia en el presente modelo optamos por la existencia en todo caso de resolución administrativa, tomando en consideración además que la documentación de los contratos menores exigida por la Ley es de mínimos.





DECRETO NÚM.

Examinado el expediente de contrato menor de obras relativo a .................................

Visto el informe elaborado por el .............................., de fecha .. de...... de 20.., conformado por el Concejal responsable del área en el que se informa favorablemente la propuesta presentada por la empresa"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦..,

Teniendo en cuenta que se trata de un contrato menor no sometido a fiscalización previa.

Esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confiere la disposición adicional segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de de la Ley de Contratos del Sector Público y disposiciones concordantes, resuelve:

1.- Adjudicar el contrato menor relativo a "......................." a la empresa ......................................, con domicilio en ................................... de ............, CIF núm. ..................., por un importe de ................ euros, IVA incluido, con cargo a la partida núm. ................................. del presupuesto del Ayuntamiento, RC. n.º .... y de acuerdo con el contenido de su proposición económica.

2.- La Dirección técnica de la citada obra se llevará a cabo por ..............



................ ... "¦..de "¦.. 20.....

Ante mí

El Secretario-I El dilema.

Los expertos suelen estimar que una reducción del gasto público equivalente a un punto porcentual genera una disminución de la riqueza en torno a medio punto. Nuestro recorte era de un 15%, por lo tanto nuestro crecimiento iba a verse afectado. Hay dilemas en los que no existen la alternativa, salvo en términos teóricos. El tiempo ha venido a confirmar que una consolidación fiscal acentuada, aplicada a una economía sin crecimiento ahoga a esta aún más. Los defensores a ultranza de la austeridad esgrimen a menudo que una política de rigor fiscal supone un estímulo al crecimiento porque genera confianza.



1. PROVIDENCIA DE ALCALDÍA.

Teniendo en cuenta la necesidad de proceder a la contratación de las obras de __________________________________________________________, según proyecto técnico aprobado al efecto , cuyo presupuesto asciende a la cantidad de __________ (IVA incluido) correspondiendo a IVA la cantidad de _______ euros, iníciense los trámites necesarios para llevar a cabo la referida contratación, como contrato menor, si procediese.

En____________________________ a______ de____________ de _____.

EL ALCALDE





Fdo.: ____________________________



2. INFORME JURÍDICO

El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, regula en los artículos 111 y 138.3, el contrato menor.

De acuerdo con estos artículos los contratos menores, que se definen exclusivamente por su cuantía, la tramitación del expediente sólo exigirá la aprobación del gasto, y la incorporación al mismo de la factura correspondiente que reúna los requisitos reglamentariamente establecidos. Además, en el contrato menor de obras es necesario el presupuesto de las obras, sin perjuicio de la existencia de proyecto cuando normas específicas así lo requieran; en este caso, el proyecto deberá contener estudio de seguridad y salud o estudio básico de seguridad y salud de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.

Estos contratos no podrán tener una duración superior a un año, ni ser objeto de prórroga ni de revisión de precios. Asimismo, resulta preciso proceder a señalar el plazo de ejecución del contrato, que será el que se exprese en el correspondiente proyecto.

Los requisitos exigidos por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, tienen el carácter de mínimos por lo que no existe impedimento en que, por parte del órgano de contratación, se exijan otros en orden a delimitar los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.

Por lo tanto, dada la naturaleza del contrato de obras, en orden a garantizar la correcta ejecución de las obras, resulta conveniente exigir que, por parte, del adjudicatario se preste garantía definitiva del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato.

La garantía depositada responderá de los conceptos señalados en el art. 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, debiendo indicarse vencimiento del plazo de la misma, de modo que no se producirá su devolución o cancelación hasta que se haya producido dicho vencimiento y cumplido satisfactoriamente el contrato o se haya resuelto sin culpa del contratista.

Concretamente, el art. 138.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, establece que tendrán la consideración de contratos menores de obras aquellos cuya cuantía no exceda de 50.000 euros, IVA excluido.

La competencia para contratar, de conformidad con lo previsto en el apartado primero de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se atribuye al Alcalde, siempre que el importe del contrato no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto. Si se supera el referido porcentaje la competencia corresponderá al Pleno.

Se emite el presente informe sin perjuicio de otro de mejor criterio fundado en derecho en __________________________a_____ de __________ de ____.

EL SECRETARIO



Fdo.: ______________________________



3. MODELO DE CERTIFICADO DE CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA

D._________________________________________ Secretario-Interventor del Ayuntamiento de__________________________________________________________.

CERTIFICO: Que en el presupuesto de este Ayuntamiento para el ejercicio de dos mil __ figuran consignados en la aplicación presupuestaria que a continuación se indica las siguientes cantidades:

ESTADO DE GASTOS:

Aplicación presupuestaria: Programa Clasificación económica

________ __________________ euros

Y para que conste a efectos del expediente que se tramita para la contratación de las obras de __________________________________, expido la presente certificación, visada mi firma por el Sr. Alcalde, en _____________________ a _______de________________ de dos mil ___.

Vº Bº

EL ALCALDE





Fdo:___________________________



4. INFORME DE SECRETARÍA

En orden a la contratación de las obras de __________________________, cuyo presupuesto, según proyecto aprobado al efecto, asciende a la cantidad de ____________________ euros (IVA incluido), correspondiendo al IVA ______________€, se informa lo siguiente:

De conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre:

1º.- Existe proyecto técnico de las obras de referencia, aprobado en fecha_________.

2º.- Existe crédito suficiente en el presupuesto de gastos para ______________________ en la aplicación presupuestaria ____________________________.

3º.- De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero de la Disposición Adicional Segunda, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la competencia para contratar corresponde al Alcalde-Presidente / Pleno de la Corporación.

Por todo ello no hay inconveniente legal en que se adjudique a ____________________ como contrato menor las obras de __________________________ en el precio de __________________ euros (IVA incluido), correspondiendo al IVA la cantidad de _______ euros, de acuerdo a las siguientes condiciones:

Las obras habrán de ejecutarse con estricta sujeción al proyecto técnico.

El plazo de ejecución de las obras será de _________ días / meses, que comenzará a contarse desde __________________.

El contratista adjudicatario estará obligado a cumplir lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, así como de todas las determinaciones de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y demás normativa que la desarrolle, en la medida en que sean aplicables al presente contrato. Igualmente, el contratista estará obligado a cumplir, en relación con las obras objeto de contratación, todas las obligaciones que se le impongan en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

El contratista deberá, una vez notificada la resolución de adjudicación, aportar una garantía del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato que asciende a la cantidad de _____________ euros, en el plazo de quince días a contar desde la notificación, y el Plan de Seguridad y Salud que será aprobado por el órgano de contratación antes del comienzo de la obra.

El plazo de garantía será de ____________ a partir de la recepción total o parcial.

En ______________________ a ________de ____________ de _____.

EL SECRETARIO





Fdo:___________________________



5. DECRETO DE ALCALDÍA / ACUERDO DE PLENO

En relación a expediente para contratación de las obras de __________________________, y visto el informe de Secretaría emitido al respecto, RESUELVO / ACUERDO:

PRIMERO: Aprobar el gasto correspondiente, con cargo a la aplicación presupuestaria__________, por importe de________ .

SEGUNDO: Adjudicar, por "contrato menor", la contratación de las obras de ___________________________ a ___________________, con C.I.F Nº _____________, en el precio de _________________ euros, (IVA incluido), correspondiendo al IVA la cantidad de _______euros, con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente del vigente presupuesto de gastos.

La ejecución de las obras se ajustará a las siguientes condiciones:

- Se ejecutarán con estricta sujeción al proyecto técnico elaborado por ______________

- El plazo de ejecución de las referidas obras es de ______ días / meses, y comenzará a contarse desde __________________.

- El contratista adjudicatario estará obligado a cumplir lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, así como de todas las determinaciones de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y demás normativa que la desarrolle, en la medida en que sean aplicables al presente contrato. Igualmente, el contratista estará obligado a cumplir, en relación con las obras objeto de contratación, todas las obligaciones que se le impongan en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición

TERCERO: El contratista deberá ingresar, en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la notificación de la presente, garantía por importe de _______________ euros.

El plazo de garantía será de _________ a partir de la recepción, ya sea total o parcial.

CUARTO: Notifíquese esta resolución al interesado.

QUINTA: Contra este acto administrativo, que es definitivo en vía administrativa pueden los interesados interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo sito en Valladolid en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto, y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recuso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.

En ______________ a ______ de ________________ de ______.

EL ALCALDE Ante mí,

EL SECRETARIO



Fdo.: ______________ Fdo.:______________



7. DECRETO/ ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD

Presentado por la empresa __________, adjudicataria de las obras de __________, el PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO al que se refiere el Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, el cual ha sido informado favorablemente por D. ____________ Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras de referencia, de acuerdo con el art. 7 del Real Decreto 1627/1997, y en uso de las atribuciones conferidas, RESUELVO:

Aprobar el PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO de las obras de _____________________ presentado por la empresa _____________.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 89.3 de la Ley 30/1992, contra este acto resolutorio procede recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, computándose tales plazos a partir del día siguiente al de la notificación o publicación procedentes, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.



8. DECRETO /ACUERDO POR EL QUE SE ACEPTA EL PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN.

Presentado por la empresa __________, adjudicataria de las obras de __________, el PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN, al que se refiere el artículo 5 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, el cual ha sido aprobado por el Director Facultativo de las obras D.___________________________, y en uso de las atribuciones conferidas, RESUELVO/ SE ACUERDA:

Aceptar el PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN presentado por la empresa _____________ y aprobado por el Director Facultativo de las obras de ___________________________________.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 89-3 de la Ley 30/1992, contra este acto resolutorio procede recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, computándose tales plazos a partir del día siguiente al de la notificación o publicación procedentes, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

6. CONTRATO DE OBRA

En Valladolid a _______________

COMPARECEN

De una parte _________________________, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de _________________ provincia de Valladolid, exceptuado de reseñar sus circunstancias personales por comparecer por razón del cargo que ocupa y facultado para este acto en virtud de las competencias que la vigente legislación le atribuye.

De otra parte _______________ con N.I.F./C.I.F., domiciliado en ____________, actuando en representación de la empresa _________________ conforme poder suficiente.

Ambas partes se reconocen plena capacidad y competencia para formalizar el presente contrato, dando fe pública de ello, el Secretario del Ayuntamiento.

ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

PRIMERO: Por Decreto / Acuerdo de fecha _______ se iniciaron los trámites y se aprobó el gasto para la realización de la obra de _________________ siendo el presupuesto de la obra _______ euros (______ €), (IVA. incluido), correspondiendo al IVA la cantidad de _______ euros.

SEGUNDO: El gasto está fiscalizado por la Intervención de esta Entidad con fecha _______ existiendo al respecto documento de R.C. de fecha ________, con cargo a la aplicación presupuestaria ________, habiendo sido aprobado el gasto al iniciar el expediente / existe certificado de la existencia de crédito.

TERCERO: La adjudicación de este contrato fue acordada por Decreto / Acuerdo de Pleno de fecha _______ cuya copia se une a este contrato.

CUARTO: Para responder del cumplimiento de este contrato, ha sido constituida en la Tesorería de este Ayuntamiento, una garantía definitiva por importe de ______ (____ €), uniéndose copia del resguardo.

CLíUSULAS DEL CONTRATO

PRIMERA: El contratista se compromete a llevar a cabo el objeto del contrato consistente en la ejecución de las obras de _______ en ________________ con estricta sujeción al proyecto aprobado por el Ayuntamiento.

Así mismo la empresa ________, se somete a la regulación establecida en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto esté vigente, y se compromete expresamente a cumplir lo dispuesto en la vigente Legislación Laboral y de Seguridad Social y de forma especial todo lo referente a la prevención de riesgos laborales en los términos previstos en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción; en concreto, en cumplimiento del artículo 19.1 de este Real Decreto 1627/1997, el contratista deberá comunicar a la autoridad laboral la apertura del centro de trabajo, antes de comenzar los trabajos, incluyendo el plan de seguridad y salud en dicha comunicación . Igualmente el contratista se compromete a cumplir, en relación con las obras objeto de contratación todas las obligaciones que el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los Residuos de construcción y demolición, le impone en cuanto poseedor de residuos de construcción y demolición

SEGUNDA: El precio del contrato es de _______ (______ €) (IVA. incluido), correspondiendo a IVA la cantidad de ________ euros, que serán abonados una vez realizada la obra y presentada la factura. El pago del precio se efectuará en el plazo establecido en el artículo 216.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en relación con la Disposición Transitoria Sexta de dicho Texto Refundido.

TERCERA: El plazo de ejecución de las obras es de _______, que comenzará a contarse desde ________________________.

CUARTA: El plazo de garantía será de _________ a partir de la recepción, ya sea total o parcial.

Leído el presente contrato y los documentos a él unidos, se firma por las partes en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.

Por el Ayuntamiento de ________________ Por el CONTRATISTA,



Fdo. ________ Fdo.: _______________

EL SECRETARIO,



Fdo.: __________________

nterventor El Alcalde-Presidente

CONTRATO MENOR DE OBRAS

D. "¦"¦"¦ vecino de "¦., con domicilio en "¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦.., con NIF núm. "¦"¦"¦"¦ en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de la empresa "¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦, CIF núm. "¦"¦., con domicilio en "¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦.., enterado del expediente de contratación menor, que tramita el Ayuntamiento de ................, relativo a la ejecución de la OBRA de "¦"¦"¦"¦..,



HACE CONSTAR:

1.- Que se compromete a ejecutar para el Ayuntamiento de ............. la obra relativa a "¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦.., en un plazo de "¦"¦"¦"¦"¦"¦ días naturales, a contar del siguiente a la notificación de la adjudicación, por un importe de: - "¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦ €

- IVA: "¦"¦"¦"¦."¦"¦..€,

- TOTAL: "¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦€.



2.- La descripción y características de la obra son las siguientes:

"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦.



3.- Que, bajo su responsabilidad el que suscribe y, en su caso, la empresa a la que representa, declara tener capacidad para contratar conforme a los arts. 54 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de de la Ley de Contratos del Sector Público, sin estar incurso/s en ninguna de las prohibiciones de contratar señaladas en el art. 60 del mismo.

4.- Que, para la citada obra, dispone de la correspondiente evaluación de riesgos y de medidas de protección y de prevención a adoptar, así como, en su caso, del material a utilizar, cumpliendo toda la normativa aplicable en materia de prevención de riesgos laborales.

5.- El presente contrato menor se ajustará al pliego de prescripciones que, en su caso, conste en el expediente, así como a las instrucciones que se dicten por los responsables técnicos del Ayuntamiento. En todo caso, el presente contrato menor se regirá por la normativa aplicable en materia de contratación administrativa.



Lugar, fecha y firma del proponente.

Nota I: De conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la denominación de contratos menores, lo es en consideración a su importe, que ha de ser inferior a 50.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 18.000 euros, cuando se trate de otros contratos. En cuanto a la duda que se ha venido planteando sobre si en esta cantidad debe entenderse o no incluido el IVA, podemos indicar que la doctrina se ha pronunciado en ambos sentidos pero, actualmente el criterio reiterado por la Junta Consultiva Central (Informes 43/08, 26/08, 15/09 y 38/09) es en el sentido de que el IVA queda excluido.

Por su parte, la Ley 3/2011, de Contratos del Sector Público de Aragón en su artículo 4. 2 al referirse a los contratos menores también excluye el IVA.

No obstante, habrá de tenerse en cuenta que cuando nos refiramos al importe de los contratos a los efectos de determinar la competencia de los diferentes órganos deberá considerarse con el IVA incluido, según dispone la Disposición Adicional 2.ª, 14 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Nota II.- El apartado 6 de la disposición adicional segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de de la Ley de Contratos del Sector Público establece un régimen especial para los municipios de población inferior a 5.000 habitantes, en cuanto que la aprobación del gasto será sustituida por una certificación de existencia de crédito, expedida por el Secretario-Interventor. En los contratos menores, artículo 111, se establece que sólo se exigirá la aprobación del gasto (que es como se recoge en el modelo de expediente elaborado por este Servicio de tal forma que sea el propio órgano político quien asuma mediante el Decreto por el que se acuerda realizar el gasto que el mismo está reconocido) y la factura correspondiente.

En la redacción contenida en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de de la Ley de Contratos del Sector Público expresamente se señala que la aprobación del gasto será sustituida con la certificación de existencia de crédito expedida por el Secretario-Interventor nos podemos encontrar que si no se ha plasmado la voluntad política en algún documento que forme parte del Presupuesto anual (Bases de ejecución del Presupuesto), se genere algún problema. En consecuencia en el presente modelo optamos por la existencia en todo caso de resolución administrativa, tomando en consideración además que la documentación de los contratos menores exigida por la Ley es de mínimos.





DECRETO NÚM.

Examinado el expediente de contrato menor de obras relativo a .................................

Visto el informe elaborado por el .............................., de fecha .. de...... de 20.., conformado por el Concejal responsable del área en el que se informa favorablemente la propuesta presentada por la empresa"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦"¦..,

Teniendo en cuenta que se trata de un contrato menor no sometido a fiscalización previa.

Esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confiere la disposición adicional segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de de la Ley de Contratos del Sector Público y disposiciones concordantes, resuelve:

1.- Adjudicar el contrato menor relativo a "......................." a la empresa ......................................, con domicilio en ................................... de ............, CIF núm. ..................., por un importe de ................ euros, IVA incluido, con cargo a la partida núm. ................................. del presupuesto del Ayuntamiento, RC. n.º .... y de acuerdo con el contenido de su proposición económica.

2.- La Dirección técnica de la citada obra se llevará a cabo por ..............



................ ... "¦..de "¦.. 20.....

Ante mí

El Secretario-I El dilema.

Los expertos suelen estimar que una reducción del gasto público equivalente a un punto porcentual genera una disminución de la riqueza en torno a medio punto. Nuestro recorte era de un 15%, por lo tanto nuestro crecimiento iba a verse afectado. Hay dilemas en los que no existen la alternativa, salvo en términos teóricos. El tiempo ha venido a confirmar que una consolidación fiscal acentuada, aplicada a una economía sin crecimiento ahoga a esta aún más. Los defensores a ultranza de la austeridad esgrimen a menudo que una política de rigor fiscal supone un estímulo al crecimiento porque genera confianza.



1. PROVIDENCIA DE ALCALDÍA.

Teniendo en cuenta la necesidad de proceder a la contratación de las obras de __________________________________________________________, según proyecto técnico aprobado al efecto , cuyo presupuesto asciende a la cantidad de __________ (IVA incluido) correspondiendo a IVA la cantidad de _______ euros, iníciense los trámites necesarios para llevar a cabo la referida contratación, como contrato menor, si procediese.

En____________________________ a______ de____________ de _____.

EL ALCALDE





Fdo.: ____________________________



2. INFORME JURÍDICO

El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, regula en los artículos 111 y 138.3, el contrato menor.

De acuerdo con estos artículos los contratos menores, que se definen exclusivamente por su cuantía, la tramitación del expediente sólo exigirá la aprobación del gasto, y la incorporación al mismo de la factura correspondiente que reúna los requisitos reglamentariamente establecidos. Además, en el contrato menor de obras es necesario el presupuesto de las obras, sin perjuicio de la existencia de proyecto cuando normas específicas así lo requieran; en este caso, el proyecto deberá contener estudio de seguridad y salud o estudio básico de seguridad y salud de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.

Estos contratos no podrán tener una duración superior a un año, ni ser objeto de prórroga ni de revisión de precios. Asimismo, resulta preciso proceder a señalar el plazo de ejecución del contrato, que será el que se exprese en el correspondiente proyecto.

Los requisitos exigidos por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, tienen el carácter de mínimos por lo que no existe impedimento en que, por parte del órgano de contratación, se exijan otros en orden a delimitar los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.

Por lo tanto, dada la naturaleza del contrato de obras, en orden a garantizar la correcta ejecución de las obras, resulta conveniente exigir que, por parte, del adjudicatario se preste garantía definitiva del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato.

La garantía depositada responderá de los conceptos señalados en el art. 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, debiendo indicarse vencimiento del plazo de la misma, de modo que no se producirá su devolución o cancelación hasta que se haya producido dicho vencimiento y cumplido satisfactoriamente el contrato o se haya resuelto sin culpa del contratista.

Concretamente, el art. 138.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, establece que tendrán la consideración de contratos menores de obras aquellos cuya cuantía no exceda de 50.000 euros, IVA excluido.

La competencia para contratar, de conformidad con lo previsto en el apartado primero de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se atribuye al Alcalde, siempre que el importe del contrato no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto. Si se supera el referido porcentaje la competencia corresponderá al Pleno.

Se emite el presente informe sin perjuicio de otro de mejor criterio fundado en derecho en __________________________a_____ de __________ de ____.

EL SECRETARIO



Fdo.: ______________________________



3. MODELO DE CERTIFICADO DE CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA

D._________________________________________ Secretario-Interventor del Ayuntamiento de__________________________________________________________.

CERTIFICO: Que en el presupuesto de este Ayuntamiento para el ejercicio de dos mil __ figuran consignados en la aplicación presupuestaria que a continuación se indica las siguientes cantidades:

ESTADO DE GASTOS:

Aplicación presupuestaria: Programa Clasificación económica

________ __________________ euros

Y para que conste a efectos del expediente que se tramita para la contratación de las obras de __________________________________, expido la presente certificación, visada mi firma por el Sr. Alcalde, en _____________________ a _______de________________ de dos mil ___.

Vº Bº

EL ALCALDE





Fdo:___________________________



4. INFORME DE SECRETARÍA

En orden a la contratación de las obras de __________________________, cuyo presupuesto, según proyecto aprobado al efecto, asciende a la cantidad de ____________________ euros (IVA incluido), correspondiendo al IVA ______________€, se informa lo siguiente:

De conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre:

1º.- Existe proyecto técnico de las obras de referencia, aprobado en fecha_________.

2º.- Existe crédito suficiente en el presupuesto de gastos para ______________________ en la aplicación presupuestaria ____________________________.

3º.- De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero de la Disposición Adicional Segunda, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la competencia para contratar corresponde al Alcalde-Presidente / Pleno de la Corporación.

Por todo ello no hay inconveniente legal en que se adjudique a ____________________ como contrato menor las obras de __________________________ en el precio de __________________ euros (IVA incluido), correspondiendo al IVA la cantidad de _______ euros, de acuerdo a las siguientes condiciones:

Las obras habrán de ejecutarse con estricta sujeción al proyecto técnico.

El plazo de ejecución de las obras será de _________ días / meses, que comenzará a contarse desde __________________.

El contratista adjudicatario estará obligado a cumplir lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, así como de todas las determinaciones de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y demás normativa que la desarrolle, en la medida en que sean aplicables al presente contrato. Igualmente, el contratista estará obligado a cumplir, en relación con las obras objeto de contratación, todas las obligaciones que se le impongan en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

El contratista deberá, una vez notificada la resolución de adjudicación, aportar una garantía del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato que asciende a la cantidad de _____________ euros, en el plazo de quince días a contar desde la notificación, y el Plan de Seguridad y Salud que será aprobado por el órgano de contratación antes del comienzo de la obra.

El plazo de garantía será de ____________ a partir de la recepción total o parcial.

En ______________________ a ________de ____________ de _____.

EL SECRETARIO





Fdo:___________________________



5. DECRETO DE ALCALDÍA / ACUERDO DE PLENO

En relación a expediente para contratación de las obras de __________________________, y visto el informe de Secretaría emitido al respecto, RESUELVO / ACUERDO:

PRIMERO: Aprobar el gasto correspondiente, con cargo a la aplicación presupuestaria__________, por importe de________ .

SEGUNDO: Adjudicar, por "contrato menor", la contratación de las obras de ___________________________ a ___________________, con C.I.F Nº _____________, en el precio de _________________ euros, (IVA incluido), correspondiendo al IVA la cantidad de _______euros, con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente del vigente presupuesto de gastos.

La ejecución de las obras se ajustará a las siguientes condiciones:

- Se ejecutarán con estricta sujeción al proyecto técnico elaborado por ______________

- El plazo de ejecución de las referidas obras es de ______ días / meses, y comenzará a contarse desde __________________.

- El contratista adjudicatario estará obligado a cumplir lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, así como de todas las determinaciones de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y demás normativa que la desarrolle, en la medida en que sean aplicables al presente contrato. Igualmente, el contratista estará obligado a cumplir, en relación con las obras objeto de contratación, todas las obligaciones que se le impongan en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición

TERCERO: El contratista deberá ingresar, en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la notificación de la presente, garantía por importe de _______________ euros.

El plazo de garantía será de _________ a partir de la recepción, ya sea total o parcial.

CUARTO: Notifíquese esta resolución al interesado.

QUINTA: Contra este acto administrativo, que es definitivo en vía administrativa pueden los interesados interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo sito en Valladolid en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto, y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recuso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.

En ______________ a ______ de ________________ de ______.

EL ALCALDE Ante mí,

EL SECRETARIO



Fdo.: ______________ Fdo.:______________



7. DECRETO/ ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD

Presentado por la empresa __________, adjudicataria de las obras de __________, el PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO al que se refiere el Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, el cual ha sido informado favorablemente por D. ____________ Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras de referencia, de acuerdo con el art. 7 del Real Decreto 1627/1997, y en uso de las atribuciones conferidas, RESUELVO:

Aprobar el PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO de las obras de _____________________ presentado por la empresa _____________.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 89.3 de la Ley 30/1992, contra este acto resolutorio procede recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, computándose tales plazos a partir del día siguiente al de la notificación o publicación procedentes, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.



8. DECRETO /ACUERDO POR EL QUE SE ACEPTA EL PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN.

Presentado por la empresa __________, adjudicataria de las obras de __________, el PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN, al que se refiere el artículo 5 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, el cual ha sido aprobado por el Director Facultativo de las obras D.___________________________, y en uso de las atribuciones conferidas, RESUELVO/ SE ACUERDA:

Aceptar el PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN presentado por la empresa _____________ y aprobado por el Director Facultativo de las obras de ___________________________________.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 89-3 de la Ley 30/1992, contra este acto resolutorio procede recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, computándose tales plazos a partir del día siguiente al de la notificación o publicación procedentes, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

6. CONTRATO DE OBRA

En Valladolid a _______________

COMPARECEN

De una parte _________________________, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de _________________ provincia de Valladolid, exceptuado de reseñar sus circunstancias personales por comparecer por razón del cargo que ocupa y facultado para este acto en virtud de las competencias que la vigente legislación le atribuye.

De otra parte _______________ con N.I.F./C.I.F., domiciliado en ____________, actuando en representación de la empresa _________________ conforme poder suficiente.

Ambas partes se reconocen plena capacidad y competencia para formalizar el presente contrato, dando fe pública de ello, el Secretario del Ayuntamiento.

ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

PRIMERO: Por Decreto / Acuerdo de fecha _______ se iniciaron los trámites y se aprobó el gasto para la realización de la obra de _________________ siendo el presupuesto de la obra _______ euros (______ €), (IVA. incluido), correspondiendo al IVA la cantidad de _______ euros.

SEGUNDO: El gasto está fiscalizado por la Intervención de esta Entidad con fecha _______ existiendo al respecto documento de R.C. de fecha ________, con cargo a la aplicación presupuestaria ________, habiendo sido aprobado el gasto al iniciar el expediente / existe certificado de la existencia de crédito.

TERCERO: La adjudicación de este contrato fue acordada por Decreto / Acuerdo de Pleno de fecha _______ cuya copia se une a este contrato.

CUARTO: Para responder del cumplimiento de este contrato, ha sido constituida en la Tesorería de este Ayuntamiento, una garantía definitiva por importe de ______ (____ €), uniéndose copia del resguardo.

CLíUSULAS DEL CONTRATO

PRIMERA: El contratista se compromete a llevar a cabo el objeto del contrato consistente en la ejecución de las obras de _______ en ________________ con estricta sujeción al proyecto aprobado por el Ayuntamiento.

Así mismo la empresa ________, se somete a la regulación establecida en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto esté vigente, y se compromete expresamente a cumplir lo dispuesto en la vigente Legislación Laboral y de Seguridad Social y de forma especial todo lo referente a la prevención de riesgos laborales en los términos previstos en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción; en

Puntuación -22
#15
Digo yo
A Favor
En Contra

Esto se parece mucho a lo del 2008 , pero a lo bestia.

Puntuación 8
#16
Al 15
A Favor
En Contra

Eres muy subnormal.

Puntuación 23
#17
Vinicius.
A Favor
En Contra

Y por que ... Por que ???

Porque no tienen monarquías parásitas !!!

Tienen 8, de las 10 mejores universidades del mundo ...

Y 76, de las 100 mejores !!!

Son la democracia mas antigua en funcionamiento...

Aportan el 50% del PBI mundial ( sumados el PBI, estadounidense, + su PBI informal... + el PBI que aportan las empresas estadounidenses que operan off shore... En China, India, Filipinas, Vietnam, Sud Corea, Japón, Canada, Brasil, Mexico... reales responsables del milagro chino. )

Porque son propietarios de todas la patentes tecnológicas de EXITO GLOBAL !!!

A ver si ESPABILAMOS !!!

.

Puntuación 19
#18
Coletas
A Favor
En Contra

1 nosotro sí que creceremos más del 1. Pero por culpa de gentuza como tú y coletas volveremos a la senda negativa

Puntuación 0
#19
Bob
A Favor
En Contra

Los ranking de Universidad son ridículos y basados en publicaciones en inglés. En realidad en el informe Pisa están por detrás de nosotros.

No son ni de casualidad la democracia más antigua del mundo que es la griega.

La región más rica del mundo y La que tiene el 98% del gasto social de mundo es la UE.

Menos películas. EEUU está creciendo porque esta produciendo gas y petróleo por Fracking. Veremos con el petróleo cayendo y cuando dejen de meter miles de millones de dólares a la economía en estímulos.

Puntuación -3
#20
Fuengirola
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17.-Te apoyo y creo que te has quedado corto

Puntuación 4
#21
No crecemos por tener monarquí­a....¿?¿?
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No soy precisamente monárquico, pero decir que EEUU crece como lo hace porque no tiene monarquía....tócate las narices. Sabíais que la monarquía española es de las que más barato sale al contribuyente del mundo desarrollado....? Informaos antes de criticar.

Puntuación -6
#22
yo
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A ver si aprende la culogordo de Merkel y el comerrabos bocachancla.

Puntuación 6
#23
Efectivamente
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Obama sabe de economía y la Merkel no tiene ni idea de economía.

Puntuación 0
#24
Un economista
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Crece porque es un país con libertad económica, donde no hay sujeción a muchas reglas como las que ahogan la economía europea, donde el despido es libre, los salarios individualizados, sólo existen 14 días de vacaciones, 8 días festivos, la productividad manda, la eficiencia está por encima del igualitarismo. A cambio, tiene otra cara que es la que no gusta a los europeos. Pero al final, en un mundo global, o trabajas como ellos, o no tienes alternativas. vamos, que no Podemos.

Puntuación 14
#25