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El tratamiento de plagas, un sector interesante para montar un negocio

  • La aplicación de estos servicios deben hacerla profesionales cualificados
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A pesar de la coyuntura económica actual, "el sector de control de plagas se fortalece año tras año y se define por un continuo crecimiento en volumen de negocio y también en niveles de exigencia y profesionalidad", según fuentes de la Asociación Nacional de Empresas de Control de Plagas (ANECPLA).

Pero la crisis está provocando un nivel de intrusismo y competencia desleal que a los perjuicios económicos del sector suma una buena dosis de riesgo en el ámbito de la salud pública y ambiental. Según cifras de la patronal, hasta un 40% de los tratamientos son realizados por personal de empresas de reformas, como pintores y carpinteros, cuya formación y experiencia hace que sus aplicaciones sean poco eficaces. De hecho, se estaría incumpliendo la actual normativa de prevención de riesgos laborales, que impone requisitos muy estrictos al manejo de productos biocidas.

Los servicios de aplicación de tratamientos plaguicidas o DDD (desratización, desinsectación y desinfección) están regulados por Real Decreto de 1983 por el que se aprueba la Reglamentación Técnico Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas. Esta normativa establece la creación de un Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas, encargado del control oficial de los establecimientos, los productos, las empresas de tratamientos y los profesionales del sector, los aplicadores.

Requisitos

Además de los trámites administrativos propios del proceso de constitución de una empresa y de la tramitación de la licencia municipal, la puesta en marcha de una empresa de tratamiento de plagas implica una serie de requisitos específicos.

Lo primero, una licencia de actividad. Para su obtención es necesario un proyecto redactado por un técnico competente y visado por el Colegio profesional, que debe encargarse a una empresa especializada.

También se requiere una licencia ambiental. En el caso de empresa de tratamiento de plagas, además se necesita licencia ambiental de actividades clasificadas.

Las empresas DDD deben estar inscritas en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas/Biocidas de la comunidad en la que operan. Se estructura en dos secciones. Por un lado, deben inscribirse aquellas personas físicas o jurídicas, titulares de locales o instalaciones donde se fabriquen, almacenen o comercialicen plaguicidas (biocidas) o se efectúen tratamientos en instalaciones fijas, destinadas a tal efecto, así como los responsables de la puesta en mercado del producto. Por otro, también deben inscribirse aquellas personas físicas o jurídicas que efectúen tratamientos plaguicidas con carácter industrial, corporativo o de servicios a terceros.

La inscripción en la sección servicios no excluye la obligatoriedad de inscripción de cada instalación o almacén en la sección de establecimientos. En ambos casos, la inscripción tiene un periodo de vigencia de cinco años, aunque en el caso de plaguicidas tóxicos o muy tóxicos el periodo es de dos años. Transcurrido ese plazo, el titular debe solicitar un nuevo certificado, antes de que caduque.

Sólo las empresas y profesionales inscritos en el Registro pueden obtener la Licencia ambiental y, por lo tanto, la Licencia de apertura municipal para desarrollar la actividad.

Entre los requisitos que se deben cumplir para formar parte del registro se encuentran especificaciones sobre el local, el personal, los tratamientos y los productos. Respecto a la plantilla, todo el personal técnico debe estar en posesión del carné oficial que le certifica como especialista. Respecto a los productos utilizados, deben estar registrados y autorizados por el Ministerio de Sanidad. En el caso de manipular plaguicidas clasificados como tóxicos o muy tóxicos, la empresa debe presentar un Libro Oficial de Movimiento de Plaguicidas Peligrosos (LOM).

Sólo las empresas que cumplen estos requisitos pueden obtener la licencia y ejercer la actividad.

La inscripción en este registro se tramita a través de las respectivas comunidades autónomas e implica el pago de tasas cuya cuantía depende de la regulación local. Pero los emprendedores que inicien su actividad profesional también pueden disfrutar de beneficios fiscales, entre otros aplicables a las tasas, por ejemplo en la Comunidad Autónoma Valenciana. La web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad recoge los enlaces con los distintos Registros Oficiales de Establecimientos y Servicios Biocidas de cada comunidad autónoma.

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