Se consideran de reducida dimensión las empresas que facturaron hasta 8 millones de euros en 2005. Las grandes compañías tendrán que realizar la declaración a través de Internet
A partir de hoy, la mayoría de las empresas instaladas en España y cuyo ejercicio fiscal se haya cerrado el 31 de diciembre podrán presentar su declaración del Impuesto sobre Sociedades por la actividad desarrollada durante 2005. El plazo son los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio. Es decir, hasta el 25 de julio.
Como todos los años, habrá que tener en cuenta que se han actualizado los coeficientes que tratan de corregir el efecto de la inflación en la transmisión de bienes inmuebles. Y este año hay algunas novedades importantes: aparecen las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) y desaparece el régimen de transparencia fiscal.
Reducida dimensión
No obstante, la principal novedad que habrá que tener en cuenta es el incremento de los límites para las empresas de reducida dimensión, de 6 a 8 millones de euros de la cifra de negocios. "Una buena noticia para las pymes", destaca la guía práctica elaborada por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf) para preparar esta declaración de Sociedades.
Las empresas de reducida dimensión podrán beneficiarse del incentivo a la libertad de amortización de elementos del inmovilizado material nuevos, adquiridos por estas sociedades, cuando incrementan su plantilla. Estos incentivos ascienden a 120.000 euros anuales por cada hombre frente a los 90.191 euros de 2004.
El coeficiente de aceleración de las amortizaciones para los elementos nuevos del inmovilizado material y para los elementos del inmaterial, pasa a ser 2, medio punto más que en 2004. Este coeficiente, que pueden utilizar las empresas de reducida dimensión para diferir su tributación, puede operar sobre los coeficientes máximos de las tablas de amortización aprobadas reglamentariamente.
Además, el tipo reducido del 30 por ciento del que se pueden beneficiar estas empresas se aplica a los primeros 120.202,41 euros de base imponible, frente a los 90.191,81 euros de 2004.
Incentivos al mecenazgo
Las deducciones por donaciones relacionadas con determinados programas y actividades culturales se incrementan cinco puntos, hasta el 40 por ciento.
Ahí se incluyen actividades como la promoción de las lenguas del Estado español mediante nuevas tecnologías o la conservación y rehabilitación de los bienes del Patrimonio Histórico Español relacionadas con los Parques Nacionales, yacimientos arqueológicos o monumentos eclesiásticos. Entre los acontecimiento de excepcional interés público se recogen tres nuevos: "Salamanca 2005. Plaza Mayor de Europa", "Galicia 2005. Vuelta al Mundo de Vela" y los Juegos de Pekín de 2008.
Declaración simplificada
Las empresas que tengan un un volumen de operaciones inferior a los 6.010.121,04 euros podrán optar a la declaración simplificada, con el modelo 201. Estas empresas no están obligadas a la presentación de declaraciones mensuales de IVA y por retenciones a cuenta del IRPF, Impuesto sobre Sociedades o de laRenta de no Residentes.
El modelo 200 lo pueden utilizar todas las empresas -incluidas las anteriores- excepto las sociedades patrimoniales, que tendrán que utilizar el modelo 225. Pero es obligatorio para las empresas que no puedan utilizar el modelo 201.
Y, además, este año Hacienda ya exige que se presente de forma telemática. Los grupos fiscales, que hayan consolidado sus cuentas anuales utilizando las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), tendrán que emplear el modelo 220.