
Cobrar una factura se ha convertido en una cuestión que requiere altas dosis de paciencia por parte de las pymes y autónomos españoles. Tanto como para esperar hasta más de medio año para poder cobrar por los productos y servicios vendidos a otras empresas o a la Administración. Sin embargo, la Unión Europea ha decidido echarles un cable para evitar que, a los altos plazos de demora, se sumen también los gastos que supone gestionar el cobro del dinero que les adeudan.
El Gobierno español ya modificó el pasado verano la Ley de Morosidad para poner coto a situaciones como que un 29,5% de los autónomos tardara una media de entre 91 y 180 días en cobrar una factura. Según esta normativa, desde el 1 de enero de este año, y hasta el 31 de diciembre, las empresas no podrán tardar más de 85 días en hacer efectivos sus pagos (50 días en el caso de las Administraciones Públicas), un plazo que se reduce en el caso de los productos agroalimentarios y que a partir de 2013 no podrá exceder de 60 días.
Sin embargo, un reciente informe elaborado por Informa D&B, con datos actualizados a diciembre de 2010, refleja que el 57,13% de las compañías no respeta las condiciones de pago pactadas con sus proveedores. Es decir, que sólo una de cada cuatro empresas paga sus facturas dentro de los plazos establecidos. Otros datos recopilados por las distintas asociaciones de autónomos revelan que un 15,3% de estos profesionales por cuenta propia soportó dicha demora por un periodo que oscila entre 60 y 90 días. En el contexto del mercado común europeo, España es uno de los tres países que presenta los plazos de pago más largos.
Tres meses de demora
"En España se tarda más en pagar las facturas porque la legislación no era suficientemente sancionadora", trata de explicar Luis Salvaterra, director general de Intrum Justitia, quien cifra en 98 días la media de tiempo que tarda una empresa española en cobrar una factura, (107 según el experto morosólogo Pere J. Brachfield), por los 55 días de media de la Unión Europea.
Aquí es donde se introduce la novedad aportada desde Bruselas. Y es que el pasado mes de enero se aprobó la reforma de la directiva comunitaria en materia de morosidad, que introduce un nuevo elemento de sanción para acelerar los pagos y evitar que la demora repercuta en la liquidez de las empresas, que tardan más de tres meses en percibir el dinero que les adeudan.
Llamadas telefónicas
¿En qué consiste esta novedad sancionadora? Básicamente en que, a partir de ahora, quien sobrepase los plazos de pago establecidos deberá abonar no sólo el importe a deber, sino también todos los gastos derivados de las gestiones que el acreedor haya realizado para poder cobrar la factura.
Esto incluye desde el coste de las llamadas telefónicas que se realicen desde la empresa al deudor para reclamar el pago de las facturas pendientes, a los gastos de la empresa de gestión de recobro a la que acuda la pyme para poder percibir su dinero a tiempo.
"También se incluye en esta indemnización los gastos del abogado que se haya contratado para reclamar judicialmente al deudor", añade Pere J. Brachfield, vicepresidente de la Asociación Española Profesional de Gestores de Cobro y profesor del Centro de Estudios Financieros y la Escuela de Administración de Empresas. "Es una normativa que protege al proveedor y que va a ser beneficiosa", añade este experto en morosología.
En la práctica esto significa que quien más tarde en pagar, más tendrá que pagar. Sin embargo, ¿es una medida efectiva para reducir la alta tasa de morosidad y largos plazos de retraso que afectan a la tesorería de las pymes y a autónomos españoles?
En opinión de Brachfield, sería conveniente ir más lejos y añadir, a las indemnizaciones para sufragar los gastos de gestión de recobro, multas que disuadan al deudor de seguir demorándose en el pago de las facturas: "Sería interesante fijarse en otras legislaciones más sancionadoras, como la francesa, donde a quien incumple la ley se le imponen multas de hasta 750.000 euros".
Moroso público
Desde el prisma contrario, es decir, el de los deudores, la nueva normativa comunitaria afectará fundamentalmente al sector público, ya que son las administraciones quienes tienen las dilaciones en el pago más largas. Un 17,3% de los autónomos tardó en 2010 entre 181 y 240 días en poder cobrar sus facturas pendientes con administraciones locales.
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