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El Supremo avala que los centros comerciales abran 8 festivos

El Tribunal Supremo ha avalado la decisión de la Comunidad Autónoma de La Rioja de establecer en ocho días festivos la apertura de lo centros comerciales para 2005, en lugar del mínimo de doce que establece el artículo 4 de la Ley de Horarios Comerciales.

El Alto Tribunal considera que el Gobierno regional riojano cumplió con la normativa que da potestad a las comunidades autónomas para modificar el mínimo de doce días en función de las necesidades comerciales, sin que en ningún caso se pueda limitar por debajo de ocho el número mínimo de domingos y festivos de apertura autorizada.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estimó el recurso de casación presentado por la Comunidad Autónoma de La Rioja contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, de diciembre de 2005, que anuló la orden del Gobierno regional que fijaba en ocho los festivos de apertura comercial durante 2005.

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