Cepsa considera "positiva" la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya que la petrolera "no fija" los precios de venta al público en sus gasolineras abanderadas sino que "sólo establece los precios máximos".
La sentencia ha determinado que fijar los precios de venta al público de los carburantes en las estaciones de servicio con contratos de suministro exclusivo "constituiría una restricción de la competencia".
"La sentencia demuestra que no se existe ninguna infracción", añadieron. Asimismo, desde la petrolera subrayaron que la compañía ha acreditado reiteradamente ante la Administración que las estaciones de servicio "disfrutan" de libertad para determinar el precio final de venta al público, siempre por debajo del máximo fijado y a cargo de su comisión.