El Tribunal Supremo ha condenado al empresario Alberto Cortina a pagar 457.894 euros en concepto de liquidación tributaria del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 1991 por la compra y posterior venta de un paquete de bonos emitidos por el Estado austriaco. Esta sentencia pone punto y final a una serie de recursos presentados por Cortina a la resolución que el Tribunal Económico Administrativo Central dictó en noviembre de 2000 por la que le condenó a devolver su deuda con Hacienda. Así, el fallo concluye que la disminución patrimonial declarada, derivada de la diferencia entre el valor de adquisición de los bonos austriacos y su enajenación, resulta "económicamente ficticia" y "fiscalmente inadmisible como minusvalía". Cortina declaró en 1991 ante la Agencia Tributaria una minusvalía de 79,5 millones de las antiguas pesetas (457.894 millones de euros) por la adquisición de bonos de Deuda Pública de la República de Austria y su posterior venta por un importe inferior al de compra.