Flash

El Supremo anula un contrato de vivienda que no tenía las vistas que decía la publicidad

El Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia de la Audiencia de Málaga que condenó a una empresa inmobiliaria a resolver el contrato de compraventa de una vivienda que, según el folleto publicitario, tendría vistas a campo de golf, montaña y mar, lo que no se ajustó a la realidad.

El alto tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por la entidad promotora contra la sentencia dictada por la Audiencia malagueña el 22 de junio de 2007, que dio la razón a los compradores de la vivienda en el recurso presentado contra la sentencia del Juzgado número 4 de Estepona en septiembre de 2006, que absolvió a la demandada.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el Supremo declara resuelto el contrato suscrito entre una pareja y Erasur, SL, el 15 de octubre de 2003 en relación a una vivienda, trastero y dos plazas de garaje, por lo que la empresa deberá devolver 205.368,09 euros, además de intereses.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky