Los fabricantes de 'smartphones', tabletas y otros dispositivos móviles no podrán traer de serie en los aparatos que comercialicen en Europa aplicaciones de geolocalización, del tipo de lugares de interés cercanos o localización de amigos, en funcionamiento, según un dictamen emitido por el grupo de trabajo del artículo 29 en el que se encuentran representadas las Autoridades Europeas de Protección de Datos.
En este sentido, el dictamen, dado a conocer este miércoles por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), establece el marco jurídico aplicable en Europa para este tipo de aplicaciones y señala que "de forma predeterminada, los servicios de localización deben estar apagados y que la activación de estos servicios requiere de un consentimiento informado y especifico a los diferentes fines para que los datos sean captados o almacenados".
Además, con el objetivo de proteger los derechos de los consumidores, el dictamen señala que "la información debe ser clara, completa y comprensible para un público general que no disponga de conocimientos técnicos". Asimismo destaca que el consentimiento no se puede obtener a través de la aceptación obligatoria de los términos y condiciones generales, y que los usuarios deben ser capaces de retirarlo de una "manera fácil, sin ningún tipo de consecuencias negativas para el uso de su dispositivo".