El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha condenado este jueves a España por el retraso en aplicar la norma comunitaria cuyo objetivo es facilitar el ejercicio de los derechos de los accionistas en las juntas generales de sociedades cotizadas, en concreto en cuanto a los aspectos transfronterizos.
Los países de la UE tenían hasta el 3 de agosto de 2009 para introducir en sus respectivas legislaciones nacionales el contenido de esta directiva e informar a Bruselas. Al no recibir noticias de España, el Ejecutivo comunitario lanzó en marzo del año pasado un ultimátum de dos meses.
Mediante escrito de 19 de mayo de 2010, España indicó que la incorporación de la directiva se había visto afectada por la elaboración de un texto refundido para dar coherencia al derecho de sociedades español. El proyecto de ley correspondiente a las medidas de transposición en derecho español de las normas establecidas en dicha directiva debía enviarse a las Cortes Generales en el mes de julio de 2010.