Los extranjeros procedentes de países que no sean miembros de la Unión Europea deberán llevar consigo al menos 577 euros si desean entrar en España, conforme la actualización de los importes de referencia en relación con el cruce de fronteras exteriores publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea.
En concreto, para acceder a España, el extranjero tendrá que acreditar que dispone de un 10% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) -64,4 euros-, por cada día que pretenda permanecer en el país y por cada persona que le acompañe y dependa de él. La cantidad mínima a acreditar será el 90% del SMI, 577,26 euros.
Para probar que se dispone de estos medios económicos, habrá que enseñar en la frontera o el dinero en efectivo o cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago o tarjetas de crédito, siempre y cuando vayan acompañadas del extracto de la cuenta bancaria puesta al día, o cualquier otro medio que certifique el capital disponible. No se admiten ni cartas de las entidades bancarias ni extractos de internet.