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La pensión mínima de jubilación será de 7.774 brutos en 2011

La pensión mínima de jubilación para las personas de 65 o más años con cónyuge a su cargo será de 10.225 euros anuales en 2011, mientras que para los beneficiarios menores de esa edad será de 9.611 euros al año. De acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales del Estado, si la persona jubilada tiene 65 o más años y carece de cónyuge recibirá una pensión mínima de 8.311,80 euros y si no ha cumplido esa edad cobrará 7.774,20.

Para los mayores de 65 con cónyuge que no esté a su cargo la cuantía es de 7.883,40 euros anuales y de 7.345,80 euros para los menores de esa edad. En los supuestos de gran invalidez, la prestación mínima será de 15.383,20 euros anuales para los pensionistas con cónyuge y de 11.825,80 para los que no lo tengan a su cargo.

Para los que no tienen cónyuge y se consideran como unidad económica unipersonal esta pensión ascenderá a 12.468,40 euros. En lo que se refiere a viudedad, las viudas/os con cargas familiares cobrarán 9.611 euros al año, las de 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 65% 8.311,80 euros, las de entre 60 y 64 años 7.774,20 euros, y las menores de 60 años 6.291,60 euros.

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