El anteproyecto de ley de reforma concursal someterá a los administradores de los concursos de acreedores los expedientes de regulación de empleo (ERE) que se encontrasen en tramitación hasta la fecha de declaración del concurso.
El anteproyecto, a cuyo texto ha tenido hoy acceso Efe, introduce modificaciones en varios apartados del artículo 64 de la actual Ley Concursal, por las que se establece que se remitirá el ERE al juez del concurso, y, de autorizarse, la extinción de los contratos corresponderá a la administración concursal.
Cualquier extinción de contratos motivada por la situación económica o de insolvencia del concursado serán consideradas como de carácter colectivo.