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Hacienda no hará documentar operaciones vinculadas de menos de 250.000 euros

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El Ministerio de Economía y Hacienda ha iniciado hoy el trámite de información pública del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de documentación de las operaciones vinculadas. Así, se cumple con el Pacto de Zurbano, que daba al Gobierno un plazo de tres meses para modificar la regulación de las obligaciones de documentación de operaciones, para demostrar que éstas se realizaron a precios de mercado, informó hoy el Ministerio de Economía y Hacienda.

Según esta modificación, se exime expresamente de tal obligación a aquellas empresas cuya cifra de negocio durante el ejercicio fiscal no superara los ocho millones de euros, siempre y cuando el importe conjunto de las operaciones vinculadas realizadas por la empresa en dicho periodo no superaran los 100.000 euros.

El proyecto de Real Decreto publicado hoy va un paso más allá en esta simplificación. En concreto, establece un umbral mínimo de 250.000 euros por debajo del cual, con carácter general, no resultará necesario cumplir con las obligaciones de documentación exigidas por el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.

Esta regla general estará limitada por algunas excepciones, de forma que dicha exoneración no será operativa cuando dichas operaciones se formalicen con personas o entidades residentes en paraísos fiscales, con personas físicas que tributen bajo el régimen de estimación objetiva o bien en aquellos supuestos en los que se transmitan negocios, carteras, inmuebles o se realicen operaciones con intangibles.

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