El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Amposta (Tarragona) ha prohibido cautelarmente al Banco Santander que siga cobrando a un cliente el "swap" que le colocó en 2008 para defenderse de la subida de los tipos de interés y que ahora le obligaba a abonar importantes cantidades.
Se trata de la primera decisión cautelar conocida en España contra las coberturas de tipos de interés o "swaps", que desde abril de 2003 comercializa la banca y que han generado en los últimos meses multitud de demandas de empresas y particulares, que entienden que es un producto abusivo a favor de las entidades financieras que no fue explicado con la debida transparencia.
De hecho, estos instrumentos permiten no pagar más de un determinado tipo de interés por mucho que suba el precio del dinero, pero no dejan que el cliente se beneficie de las bajadas.