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El despido de una embarazada es nulo, aunque la empresa lo desconozca

El Supremo ha resuelto que el despido de mujeres embarazadas -salvo cuando sea procedente- será nulo, al margen de que el empleador conozca o no el estado de gestación.

El fallo de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo rechaza un recurso de casación de unificación de doctrina con el que reitera su criterio sobre la nulidad del despido de embarazadas, tras el pronunciamiento del Constitucional en 2008.

La sentencia analiza la legislación española y europea para determinar si es necesario o no el conocimiento del hecho de la gestación para que el despido pueda y deba ser calificado de nulo.

Lea aquí la noticia completa y la sentencia íntegra

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