
El Tribunal Supremo le ha dado la razón a la Comunidad de Madrid y los trabajadores en su disputa por evitar que la sede de la CMT se trasladara a Barcelona, donde ya lleva ejerciendo sus funciones de organismo regulador desde el pasado año.
El pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha estimado los recursos interpuestos por la Comunidad de Madrid y un grupo de trabajadores de la Comisión Nacional del Mercado de las Telecomunicaciones contra el Real Decreto 2397/2004 de 30 de diciembre que establecia el cambio de dicha sede a la Ciudad Condal.
Según el alto tribunal se consideran insuficientes algunos de los informes emitidos en el procedimiento de elaboración del referido Real Decreto. En un breve comunicado del Tribunal Supremo se añade que "en los próximos días se hará pública la sentencia así como los votos particulares anunciados".
La Comunidad de Madrid recurrió el 23 de marzo de 2005 el traslado, porque consideraba que esta decisión del Gobierno central estaba "basada en simples motivaciones políticas de oportunidad o conveniencia". La Comunidad solicitó, como medida cautelar, que fue rechazada por el Supremo, la paralización del traslado hasta que el alto tribunal resolviese los recursos. El cambio de sede a Barcelona se realizó hace alrededor de un año.
Por su parte, los trabajadores de la CMT recurrieron la decisión del Gobierno al entender que infringía la Ley General de Telecomunicaciones.
Acuerdo con Maragall
El Gobierno aprobó en el Consejo de Ministros del 30 de diciembre de 2004 el Real Decreto por el que se trasladaba a Barcelona la sede de la CMT, en cumplimiento del acuerdo alcanzado el mes de julio de ese mismo año entre el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, y el entonces presidente de la Generalitat, Pasqual Maragall.
El Ejecutivo adoptó esta medida argumentando que "el cambio de sede corresponde a la lógica y principios inherentes a la naturaleza del Estado de las Autonomías". El acuerdo del Consejo de Ministros preveía que la CMT, "en el ámbito de sus competencias", adoptase las "medidas necesarias" para cambiar la ubicación de la sede a lo largo de 2005.
Un grupo de trabajadores de la CMT interpusieron un recurso ante el Supremo el 17 febrero de 2005 contra el traslado de la sede del organismo, al considerar que es "ilegal" y "nulo" porque vulnera la Ley General de Telecomunicaciones. En su opinión, esta norma establece la competencia del consejo regulador para decidir la ubicación de su sede, por lo que la decisión del Gobierno invade competencias.
Motivos políticos
Por su parte, el consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, Fernando Merry del Val, presentó el 23 de marzo de 2005 un recurso contencioso-administrativo contra el traslado porque consideraba que había sido realizado "únicamente por motivos políticos" y que perjudicaba a los trabajadores, las empresas de telecomunicaciones, los contribuyentes y los usuarios.
Además, la Comunidad de Madrid entendía que la CMT es un organismo autónomo que tiene potestad para decidir "sin presiones políticas" el lugar de su sede. En este caso, entendían que "el sitio lógico" para ubicar el regulador es Madrid, porque es "donde están el 90% de las empresas de telecomunicaciones y la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones".
En su recurso, Madrid señalaba que el cambio de sede vulnera los límites de la potestad del Gobierno, ya que, en su opinión, no existen "causas jurídicas, técnicas, económicas o de cualquier otra índole que aconsejen la medida". A ello se sumaba "la desviación de poder, la arbitrariedad del traslado y la vulneración de los principios de eficacia, descentralización y buena administración", ya que el traslado, en su opinión, aleja el organismo regulador de sus administrados.