El Tribunal General de la Unión Europea ha desestimado el recurso del FC Barcelona contra registro marca Kule. El Tribunal considera que la Sala de Recurso hizo uso de forma motivada del margen de apreciación de que dispone a la hora de decidir si tener en cuenta los documentos presentados extemporáneamente ante la División de Oposición, y tuvo en cuenta las circunstancias pertinentes, habiendo tomado la decisión correcta.
La sentencia confirma que el FC Barcelona no ha aportado pruebas que demuestren el lugar, la duración la importancia ni la naturaleza del uso que se ha hecho de las marcas anteriores Culé respecto de los productos a los que se refiere la solicitud de registro.