El Tribunal Supremo ha revocado la custodia compartida de un niño de siete años concedida a sus padres, y la otorga, en sentencia de 20 de mayo de 2016, en exclusiva a la madre, por "la falta total de respeto, abusiva y dominante"que mantenía el progenitor respecto a la mujer. El ponente, el magistrado Arroyo Fiestas, anula la sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña que, pese a constatar la postura abusiva del padre, entendió que no era relevante para dar la custodia compartida porque no perjudicaba el interés del menor.
La sentencia recuerda además que al padre le había sido incoado por la vía penal auto de procedimiento abreviado -no firme- por coacciones a su mujer.