El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó ayer la modificación del Reglamento de Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales para extender la posibilidad de que los jueces, al término de la guardia ordinaria -de 24 horas o de permanencia semanal-, disfruten de una jornada de descanso, a todos los partidos judiciales cuyos Juzgados de Instrucción estén separados de los de Primera Instancia o, si no existe tal separación, en los que haya más de tres.
Una posibilidad que, hasta ahora, sólo se contemplaba para los partidos judiciales con 33 o más Juzgados de Instrucción.
Entre otras novedades, la reforma, aprobada con quince votos a favor, dos votos en contra y tres abstenciones, elimina la referencia a las circunstancias y condiciones de especial penosidad del servicio de guardia; reconoce un margen de flexibilidad en el día de descanso, de forma que pueda tener lugar en el día siguiente al fin de la guardia, o en los siguientes tres días laborales; e incluye una compensación horaria equivalente al exceso de horas realizadas fuera del turno de guardia en algunos servicios o juzgados.
Además, reconoce al resto de los órganos judiciales que prestan servicio de guardia una compensación horaria, que debe acordar el presidente del Tribunal Superior de Justicia correspondiente.
Tal y como explicó el CGPJ en nota de prensa, la reforma incorpora las pautas que establece la Directiva 2003/88 relativas a los periodos mínimos de descanso que deben disfrutar todos los trabajadores de los sectores de actividad público y privado, y los cambios introducidos por la Resolución de 4 de junio del 2003 de la Secretaría de Estado de Justicia.