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FREMAP pagará 90.000 euros por mala intervención a un paciente

La sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictaminado que la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales FREMAP debe indemnizar a un trabajador con 90.000 euros por el retraso y la mala intervención tras quedar lesionado en un codo cuando se dirigía a su empleo.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, falla a favor del demandante ya que las lesiones le impiden desarrollar completamente las actividades laborales que desempeñaba antes del accidente como conductor y responsable de máquinas de movimiento de tierras en obras de construcción.

Un abogado de la asociación Defensor del Paciente ha llevado el caso por el que se ha estimado parcialmente el recurso contencioso-administrativo contra FREMAP Majadahonda. Los hechos ocurrieron en 2005, cuando F.G., actualmente de 29 años, sufrió un accidente de motocicleta in itinere, del que se le diagnosticó una fractura-luxación del codo derecho y fractura-luxación transescafoperilunar derecha.

Del Hospital Gregorio Marañón fue trasladado a las instalaciones de FREMAP en Majadahonda, donde se le realizó un estudio radiológico para comprobar la reducción del codo y la muñeca derechos, así como la fractura desplazada del escafoides.

La asociación Defensor del Paciente detalla que el demandante "no fue intervenido quirúrgicamente hasta casi cuatro meses después", a lo que se suma que la operación "no se realizó con éxito" ya que "continuaba con dolor e inestabilidad" en el codo derecho, por lo que tuvo que volver a ser intervenido. Entonces se le realizó una artroplastia de cabeza de radio no cementada y fijación-reinserción de ligamento colateral radial.

En la actualidad, el afectado continúa con rehabilitación y le ha quedado una movilidad limitada en el codo, aparte de faltarle unos grados de flexión palmar y flexión cubital, como detalla la asociación.

El perito consultado ha considerado que habría sido necesaria la intervención quirúrgica inmediata por una luxación que, aunque fuera reducida inicialmente, "al menor esfuerzo o movimiento acabaría produciendo inestabilidad" y porque se observaban fragmentos que requerían la operación para evitar calcificaciones.

La sentencia añade que el perito establece que si la intervención se hubiera llevado a cabo en días posteriores al accidente "no hubiera sido precisa la implantación de una prótesis" que produce "evidentes limitaciones en un trabajador manual". Por todo ello el tribunal ha dictaminado una indemnización de 90.000 euros a pagar por FREMAP.

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