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Los jueces podrán mantener la antigüedad cuando ocupen cargos públicos

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que permitirá que los jueces y fiscales que pidan una excedencia para ocupar un cargo político o público no pierdan antigüedad al regresar a su puesto en los tribunales.

La nueva disposición, que entra en vigor mañana, establece que los miembros de la carrera judicial y fiscal, así como los secretarios judiciales que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por el desempeño de cargos políticos o públicos, serán considerados, cuando así lo soliciten, en situación de servicios especiales desde la fecha de su nombramiento o aceptación del cargo.

El tiempo que hayan permanecido en excedencia voluntaria computará como servicios efectivos en la carrera judicial, de forma que no perderán antigüedad para ascender en el escalafón.

Cuando cesen en la situación de servicios especiales, salvo que hubiesen obtenido nueva plaza por concurso, quedarán adscritos con carácter provisional a las Salas del Tribunal Supremo, a las de los Tribunales Superiores de Justicia o de la Audiencia o a los Juzgados de la población en los que se encontraban destinados.

Esta adscripción se mantendrá hasta que se produzca la primera vacante de su categoría y, en su caso, turno, que se les adjudicará fuera de concurso y con carácter preferente.

Los jueces y magistrados y los funcionarios de otros cuerpos, que hayan sido nombrados para cargo político o de confianza o elegidos eurodiputados, senadores, diputados nacionales o autonómicos y concejales, deberán abstenerse de conocer los asuntos concretos vinculados con su actividad política, cuando reingresen en la carrera a la que pertenezcan.

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