Flash Ecoley

El ICAB celebra el Reglamento de la Ley de Acceso

El Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) considera, ante la aprobación hoy en el congreso de los diputados del Reglamento de la Ley sobre el Acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales -que entrará en vigor en octubre de 2011-, que es un paso adelante para la abogacía ya que responde a una de las más antiguas reivindicaciones de esta profesión.

En este sentido, el Decano del ICAB, Pedro L. Yúfera, afirma que ?es una reivindicación de casi 100 años de la Abogacía española y una cuestión de Justicia?, y añade que ?antes de que existiera una obligación, una ley de acceso, desde los Colegio de Abogados ya se detectó la necesidad de dotar al licenciado en derecho, actualmente graduado, de una formación eminente práctica para poder ejercer la profesión, prueba de ello es que el Colegio de Abogados de Barcelona puso en funcionamiento hace 42 años la primera Escuela de Práctica Jurídica en España?.

Para el diputado de la Junta de Gobierno del ICAB responsable de formación, Enrique García Echegoyen ?a partir de la entrada en vigor de la ley todos los graduados deberán complementar sus conocimientos teóricos en derecho con una formación eminentemente práctica, hecho que repercutirá en beneficio de los derechos de los ciudadanos y en el mejor funcionamiento de la Administración de Justicia?.

Cabe destacar que España es el único de los Estados miembros de la Unión Europea que aún no exigía una formación específica de acceso a la profesión de Abogado, dotada de un equilibrio entre formación teórica y práctica, ?lo que nos convertía en una excepción dentro de un marco sustancialmente homogéneo de los servicios legales europeos?, afirma Echegoyen.

Yúfera también considera que ?gracias a la Ley de Acceso y al Reglamento que la desarrolla se realiza un acercamiento al resto de Europa, desde la perspectiva del acceso? pero recuerda que ?se deberá seguir trabajando para llegar al nivel de exigencia requerido en otros países europeos?.

Hasta ahora cualquier licenciado en Derecho, al día siguiente de colegiarse, puede actuar ante cualquier instancia incluso en el Tribunal Supremo y ante el Tribunal Constitucional sin más requisitos, sin embargo en otros países de la Unión europea no sólo se exige más tiempo de formación práctica sino que es necesario acreditar hasta 12 años de ejercicio para poder actuar ante el Tribunal Supremo, como pasa en Italia, por citar un ejemplo.

Por ello, desde el ICAB se teme, tal y como se concluyó en la 30 edición de los Encuentros de Práctica Jurídica que tuvieron lugar en Barcelona, del 18 al 20 de mayo, que el Máster de Acceso a la profesión se convierta en un ?quinto año más? del grado, o que los alumnos del mismo busquen sólo aprobar el curso para poder realizar el examen de acceso a la abogacía. Ello conllevaría ?tener que hacer de nuevo una formación específica para dotar de los conocimientos prácticos que todo abogado necesita para empezar a ejercer, cosa que queremos evitar a toda costa?, afirma el diputado responsable de formación del Colegio de Abogados de Barcelona.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky