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El TUE sentencia que es ilegal encarcelar a un inmigrante sólo por ser ilegal

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este jueves que la normativa europea que regula el retorno de inmigrantes irregulares no permite a la Justicia del país comunitario al que llegan sancionarles con penas de prisión por incumplir una orden de expulsión del territorio nacional, tal y como contempla la legislación italiana.

El tribunal comunitario con sede en Luxemburgo considera, en una sentencia hecha pública este jueves, que una sanción penal de uno a cuatro años de prisión, como la que prevé la legislación italiana, "puede perjudicar la realización del objetivo de instaurar una política eficaz de expulsión y de repatriación con respeto a los derechos fundamentales" que persigue la directiva comunitaria que regula el retorno de inmigrantes irregulares y por lo tanto cree que la normativa comunitaria se opone a este tipo de sanción, ha informado el propio Tribunal en un comunicado.

El Tribunal de Trento en Italia condenó al ciudadano argelino Hassen el Dridi a un año de prisión por incumplir la orden de expulsión dictada en su contra en 2004 por entrar de forma irregular en el país y después de que las autoridades italianas emitieran en 2010 una segunda orden de salida forzosa del territorio nacional para hacer su expulsión efectiva en un plazo de cinco días, alegando la imposibilidad de acogerle por falta de plazas en un centro de internamiento provisional.

Después de que la Corte de Apelación de Trento, instancia a la que recurrió El Dridi su pena de prisión, remitiera una pregunta prejudicial al tribunal comunitario para comprobar si la legislación comunitaria se opone precisamente a este tipo de penas carcelarias con carácter urgente porque el argelino se encontraba recluido y privado de libertad, el TUE ha fallado este jueves a su favor al considerar que la normativa comunitaria se opone a penas carcelarias dictadas sólo por incumplir una orden de expulsión.

El alto tribunal comunitario considera que la Directiva sobre el retorno establece normas y procedimientos comunes con vistas a instaurar una política eficaz de expulsión y repatriación de las personas, respetando sus derechos humanos y su dignidad y que los Estados miembros no pueden establecer por tanto excepciones a esas normas y procedimientos, aplicando en su defecto normas más severas.

El TUE recuerda que si la salida del inmigrante irregular no se produce de forma voluntaria en un plazo de entre siete y 30 días, los Veintisiete pueden recurrir a la expulsión forzosa recurriendo a "las medidas menos coercitivas posibles" y respetando el principio de proporcionalidad.

En este sentido, el tribunal europeo cree que únicamente en el caso de que el comportamiento del inmigrante irregular pueda dificultar su expulsión, los Estados miembros pueden proceder a su internamiento y siempre respetando que sea durante el tiempo "más corto" posible, por un periodo máximo de 18 meses y que se ponga fin a su internamiento cuando desaparezca "la perspectiva razonable de expulsión". Igualmente, los internos deben ser separados de los presos comunes en centros especializados y se tiene que revisar en cualquier caso periódicamente la decisión de mantenerlos internados.

Además, insiste en que los Estados miembros sólo están autorizados a adoptar medidas penales en virtud de la directiva cuando las medidas coercitivas no hayan logrado el objetivo de expulsión, lo que en su opinión difiere "considerablemente" del procedimiento italiano, motivo por el cual pide dejar sin aplicación la disposición nacional italiana que prevé penas de prisión para este tipo de casos de entre uno y cuatro años.

El TUE lamenta que Italia no haya traspuesto de forma correcta la directiva comunitaria y reconoce que tiene en cuenta a la hora de dictar su fallo de forma particular a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo sobre la necesidad de limitar la duración máxima de la privación de libertad en el contexto de un procedimiento de retorno para garantizar el respeto de los derechos fundamentales de nacionales de terceros países en situación irregular en la UE, en línea con el objetivo de la directiva comunitaria que regula dicho retorno.

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