Flash Ecoley

El Supremo no suspende el límite de los 110 km por hora

El Tribunal Supremo rechaza en su auto de 8 de abril, hecho público ayer, suspender cautelarmente el decreto en el que se fija el límite de 110 km por hora en las autovías y autopistas.

El fallo del Supremo no entra a valorar el fondo de la medida, y simplemente señala que "la suspensión de disposiciones generales sólo debe acordarse con carácter restrictivo", ya que eso podría mermar su "eficacia general" frente a situaciones singulares, como en este caso es la subida del precio del petróleo.

Sin embargo, el auto aclara que "la hipotética nulidad de la norma impugnada afectaría, en su caso, a los expedientes administrativos sancionadores o a los procedimientos penales que se hubieran podido incoar en aplicación de la misma".

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky