El Tribunal de Justicia de la UE presentó ayer un informe jurídico según el cual los Estados del club comunitario pueden adoptar medidas para sancionar la superación de niveles sonoros máximos medidos a ras del suelo en las zonas urbanas próximas a los aeropuertos.
El informe asegura que la tutela de derechos fundamentales como el derecho a la vida privada, familiar y del domicilio, y el derecho de protección del medio ambiente justifica tales medidas.
El documento se refiere a un pleito que afecta a European Air Transport, una compañía aérea del grupo DHL que opera vuelos de transporte de mercancías con origen, destino y escala en el aeropuerto de Bruselas. El caso queda visto para sentencia. Y la experiencia demuestra que en la abrumadora mayoría de los casos, las sentencias de los jueces de la UE siguen al menos las líneas maestras de los informes previos que, como el de ayer, han sido elaborados por los denominados abogados generales.