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TSJC: "La suspensión cautelar del 'burka' no afecta al orden público"

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) considera que la suspensión cautelar del 'burka' no afecta al mantenimiento del orden público, según se desprende del auto de suspensión en las instalaciones municipales de Lleida al que ha tenido acceso Europa Press.

En el escrito, los magistrados del TSJC subrayan que no pueden entrar a valorar el fondo del asunto, pero argumentan que la suspensión cautelar no genera perjuicio en el interés general o público, ya que la obligación de todo ciudadano de identificarse a requerimiento de una autoridad o funcionario legitimado "viene impuesta por la legislación vigente".

Destacan que, en caso de que finalmente el recurso se estimara, la aplicación del Acuerdo de Lleida de prohibir el 'burka' "podría comportar perjuicios si no irreparables, en todo caso de muy difícil reparación" para las personas a las que se les impidiera el acceso a determinados espacios municipales como mercados, bibliotecas, medios de transporte o escuelas.

El TSJC ha suspendido de forma cautelar el acuerdo del Ayuntamiento de Lleida de prohibir el 'burka', el 'niqab' y otras prendas que tapen el rostro en edificios municipales hasta que haya sentencia sobre el recurso contra la prohibición presentado por la asociación musulmana Watani.

El Ayuntamiento de Lleida fue el primero en España que en mayo del año pasado dio luz verde a la prohibición inicial que se aprobó de forma definitiva el 8 de octubre y entró en vigor el 9 de diciembre.

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