La Sala Primera del Tribunal Supremo ha declarado "defectuosas" unas prótesis mamarias de AEI, reconociendo el derecho de las pacientes implantadas a percibir indemnizaciones que van desde los 18.000 a los 24.000 euros a cargo de esta empresa -que ostentaba en la Unión Europea la representación del producto- por los daños morales sufridos a consecuencia de su necesaria extracción.
La demanda origen del pleito fue formulada por varias pacientes que se vieron en la necesidad de someterse a la explantación (extracción) de las prótesis implantadas siguiendo la recomendación adoptada por la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios (resolución de 27 de julio de 2000).
La sentencia hecha pública este miércoles subraya que, aunque las prótesis sustituidas venían siendo empleadas en España desde 1994 y habían pasado los controles necesarios tanto españoles como europeos, a partir del 1999 se empezaron a detectar ?complicaciones en mujeres portadoras con interrogantes acerca de la seguridad del producto que la empresa fabricante no se encontraba en condiciones de responder?.