El Boletín Oficial del Estado (BOE) tendrá que corregir la publicación de la ley antitabaco ya que, por un error del Congreso de los Diputados, no suprimió el apartado relativo a la venta del tabaco en Canarias, que tiene su propio régimen económico y fiscal, y por el que este producto puede venderse fuera de expendedurías o estancos habituales.
Este artículo que el Senado suprimió está vigente desde el 2 de enero junto con el resto de la Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, que prohíbe fumar en todos los espacios públicos cerrados y en algunos al aire libre, como parques y lugares de ocio infantil, colegios y recintos hospitalarios.
En concreto, ese apartado 21 precisa que lo dispuesto en la Ley Antitabaco "se entiende sin perjuicio de las peculiaridades del Régimen Económico y Fiscal de Canarias respecto de la libertad comercial de los productos del tabaco en los establecimientos comerciales situados en el archipiélago canario".