Fiscales, juristas y organizaciones de mujeres se felicitaron este jueves por la entrada en vigor de la reforma del Código Penal, que entre otras novedades tipifica el delito de trata de personas distinguiéndolo del de tráfico ilegal de inmigrantes. En declaraciones a Servimedia, el fiscal de Extranjería del Tribunal Supremo Joaquín Sánchez-Covisa calificó la introducción del título VII bis (con su único artículo 177 bis) de "avance histórico", ya que por primera vez "se podrá acusar a alguien de un delito de trata" en España.
Bajo el epígrafe "de la trata de seres humanos", se define el delito de trata, entendiendo como tal la captación, transporte, traslado, acogida o alojamiento dentro o fuera de España de personas con fines de explotación sexual, laboral o para la extracción de órganos mediante el empleo de violencia, intimidación, engaño o abuso de una relación de poder.
"Así, se podrá perseguir mejor a los tratantes", señaló el fiscal, ya que ofrece una definición muy amplia de los distintos tipos de trata y la entiende "como delito de tendencia", con lo que se considera que existe aunque, por ejemplo, la explotación sexual no haya llegado a consumarse.