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El TUE ve "sexista" la norma española que niega permiso de lactancia al padre

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) considera discriminatoria la normativa española según la cual se niega permiso de lactancia al padre si la madre trabaja por cuenta propia. "La normativa española establece una discriminación no justificada basada en el sexo", ha señalado el Tribunal en una sentencia publicada este jueves.

El Tribunal da así la razón a un empleado de la empresa Sesa Start España ETT a quien se le denegó el permiso solicitado porque la madre de su hijo trabajaba por cuenta propia. El TUE alega que las situaciones de dos trabajadores, padre y madre de niños de corta edad, son "comparables" en relación con la necesidad de reducir su tiempo laboral diario para cuidar de su hijo.

Sin embargo, según el régimen del Estatuto de los Trabajadores, la cualidad de progenitor no es suficiente para permitir que los empleados por cuenta ajena disfruten del permiso, algo que va en contra de lo establecido en la normativa comunitaria en materia de empleo y ocupación

Por este motivo, el TUE considera que la norma española establece una diferencia de trato por razón de sexo entre las madres y los padres que tienen la misma condición de trabajador por cuenta ajena. Y cree que esta discriminación "no puede justificarse por objetivos de protección de la mujer ni por la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres".

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