El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Gijón ha anulado un contrato de gestión de riesgos financieros 'swap' suscrito entre la sociedad Urbastur y Bankinter al considerar que la entidad no informó debidamente al cliente sobre los riesgos del producto, según la sentencia dictada el pasado 21 de enero.
La sentencia concluye que Bankinter "no facilitó la información necesaria" al cliente para alertarle del "error en que incurría al suscribir el contrato".
El juez Juan Carlos Llavona considera que en las cláusulas y condiciones incluídas en el contrato "el riesgo no aparece debidamente especificado, al referirse a factores asociados como la volatilidad o la evolución de los tipos de interés, que el cliente no tenía por qué conocer y tampoco le fueron explicados".