
El Tribunal Supremo ha rechazado la devolución al empresario Juan Abelló y a su ex mujer Ana Gamazo por ingresos indebidos de 2,3 millones de euros del IRPF y 614.904 euros del Impuesto de Patrimonio realizados en las declaraciones correspondientes al ejercicio 1992, según la sentencia dictada el pasado 10 de septiembre.
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo concluye que no se han lesionado los principios constitucionales de irretroactividad, seguridad jurídica, igualdad y capacidad económica alegados por los demandantes, según lo establecido en la disposición transitoria Segunda de la Ley 18/1991.
El Alto Tribunal desestima así el recurso de casación presentado por Abelló y Gamazo contra la sentencia de 30 de abril de 2003, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que confirmó la negativa a devolver la cantidad total de 2,9 millones de euros al empresario y a su ex mujer.