Firmas

Consenso en la mejora del empleo público

Hace unas semanas se ha publicado el II Acuerdo Gobierno-Sindicatos para la mejora del empleo y las condiciones de trabajo, un importante paso adelante que el conjunto de empleados públicos debemos celebrar, por suponer una forma de garantizar un clima de paz social que hace posible volver a establecer canales de diálogo entre las distintas partes.

En las dos jornadas organizadas por Fedeca (Federación de Cuerpos Superiores de la Administración) sobre la Función Pública se contó con la presencia del Ministro, el Sr. D. Cristóbal Montoro, y de la Secretaria de Estado, Dª Elena Collado, quienes expresaron su especial interés por la mejora de las condiciones de trabajo del conjunto de empleados de las Administraciones Públicas. Con la firma de este Acuerdo se materializa dicho interés y entendemos que se han logrado avances para intentar volver a la situación anterior a la crisis económica.

El primer acuerdo entre Gobierno y sindicatos se firmó en el año 2009 para el trienio 2009-2012 y que, por motivos de todos conocidos, tuvo escasa, por no decir, nula aplicación. En mayo de 2010 se publicó el Real Decreto Ley 8/2010 por el que se adoptaban medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, iniciándose una tendencia negativa en la mejora de la Administración y en las condiciones de trabajo de su personal, y entrando en un bache del que está siendo difícil salir.

Desde aquél momento no ha habido posibilidad de llegar a acuerdos globales y las pérdidas que ha sufrido el personal de las AA.PP. han sido muchas e importantes, por lo que cualquier medida que las revirtiera, en todo o en parte, era especialmente necesaria.

Fedeca acoge favorablemente este acuerdo. En dicho pacto se establece un incremento retributivo para el trienio 2018-2020, que se podrá extender a 2021 si se cumplen unos objetivos económicos en el año 2020. Se vuelve a tomar la idea de la necesidad de avanzar en el empleo público para reforzar las plantillas y, en algunos casos, se establece una tasa de reposición superior al 100%. Todos estos puntos merecen nuestra aprobación.

Se abordan también materias como la posibilidad de establecer otras jornadas distintas de la ordinaria de treinta y siete horas y media de promedio semanal, así como regulación de una posible bolsa de horas de libre disposición para la conciliación de la vida familiar. Además, abre la posibilidad de recuperar la percepción del cien por cien de las retribuciones cuando se está en situación de incapacidad temporal. Y el Proyecto de Ley de Presupuestos 2018 anula la prohibición que había para que las Administraciones Públicas realicen aportaciones a los fondos de pensiones para su personal.

Con todo y realizando una valoración positiva, existen algunas incógnitas en dicho acuerdo que producen cierta incertidumbre y esperamos que en ambos casos se despejen favorablemente. Por un lado, se destina una cantidad importante de la subida salarial ligada al cumplimiento del objetivo de crecimiento del PIB. Por otro lado, el acuerdo que abarca el trienio 2018-2020 debe tener su transposición en la Ley de Presupuestos Generales del Estado que se aprueba todos los años, y debido a la situación política actual, habrá que estar pendiente de las negociaciones de cada año entre los distintos grupos parlamentarios para ver la eficacia real del acuerdo.

Con este acuerdo se ha iniciado una vía de consenso y hay que seguir avanzando en otras cuestiones. Es necesario solucionar la situación que se creó en el año 2010 con la bajada de los salarios de la Administración Pública que se hizo de una manera progresiva, con un mayor impacto negativo en las retribuciones del personal del subgrupo A1. Ello se corregiría con la aplicación de porcentajes más elevados para la recuperación del nivel de retribución a quienes entonces se les aplicaron porcentajes más elevados para la reducción del salario. También debe intentarse que el importe de las pagas extraordinarias sea, de nuevo, completo en cuanto a sueldo y trienios, al ser desde esa fecha las retribuciones del personal del subgrupo A1, inferiores que las del subgrupo A2.

Otra materia que habría que llevar a cabo es el desarrollo de la evaluación del desempeño. El Estatuto Básico del Empleado Público vigente, del año 2015, contempla que las administraciones establezcan sistemas que permitan la evaluación del desempeño de sus empleados. Esta herramienta sirve para medir y valorar la conducta profesional y el rendimiento o logro de resultados, y que de una manera u otra se echa en falta en la Administración para la modernización y la equiparación con el sector privado. Tampoco debe olvidarse el desarrollo del Estatuto del Directivo Público, como desde Fedeca reiteramos insistentemente.

Nos debemos felicitar por el Acuerdo, sin perjuicio de que el Ministerio de Hacienda y Función Pública, junto con nosotros, siga avanzando para ampliarlo y para llevar adelante medidas que supongan una mejora y modernización de la Administración.

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