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Derechos audiovisuales del fútbol: final del partido (de momento)

  • El nuevo decreto aportará una seguridad jurídica hasta ahora ausente

Como en los buenos partidos, hemos tenido emoción hasta la prórroga -y no se ha llegado al dramatismo de los penaltis por poco-. Pero finalmente el decreto que regula la venta centralizada de derechos televisivos del fútbol (Real Decreto-Ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional) superó el último escollo y fue convalidado por el Congreso.

Con esta última fase se completa la tramitación de esta norma, que establece los parámetros que regirán a partir de ahora la venta de derechos audiovisuales de los clubes de fútbol en España y que se pueden resumir en los siguientes puntos. En primer lugar, la participación en una competición oficial de fútbol profesional conllevará necesariamente la cesión de estos derechos al organizador de la competición: la Liga de Fútbol Profesional -LFP- en caso de la liga de primera y la segunda división y la Real Federación Española de Fútbol -RFEF- para la Copa del Rey. Hasta ahora, eran los clubes quienes, de forma individual, habían comercializado los derechos directamente con los operadores de televisión.

Los derechos audiovisuales objeto del decreto comprenderán los eventos que se desarrollen en el terreno de juego, desde los dos minutos anteriores al inicio del partido hasta el minuto siguiente a su conclusión. Se incluye la emisión tanto en directo como en diferido, en su integridad y en versiones resumidas o fragmentadas, y su explotación en el mercado nacional y en los mercados internacionales. Quedan excluidas tanto las retransmisiones radiofónicas como la emisión en diferido del encuentro a través del canal temático del propio club, así como la emisión en directo del partido dentro del estadio donde tenga lugar el partido.

La comercialización conjunta de los derechos deberá realizarse en régimen de igualdad y estará supervisada por las autoridades de defensa de la competencia. Así, los derechos deberán agruparse en lotes independientes y un mismo operador no podrá -directa o indirectamente- adjudicarse más de dos lotes. Se limita la duración de los contratos de explotación de los derechos a tres años -siguiendo los criterios que en su día establecieron las autoridades de competencia-.

Sobre el reparto de ingresos

En cuanto a los criterios de reparto de los ingresos que se obtengan de la venta de los derechos, el 90% se asignará a los clubes de primera división y el 10% restante, a los de segunda. El decreto va más allá y detalla también los porcentajes que se asignarán a cada club en función de su clasificación en la liga, aplicando una serie de ajustes y estableciendo que, en todo caso, la diferencia entre el primero y el último club no podrá ser superior a 4,5 veces (3,5 si se alcanzaran unos ingresos de 1.500 millones de euros).

Además, se establecen una serie de porcentajes adicionales sobre los ingresos obtenidos que se repartirán así: al Fondo de Compensación de la Liga (3,5%), a la promoción de las competiciones de la LFP (1%), a la RFEF (1%) y al Consejo Superior de Deportes, para financiar a deportistas de alto nivel de otros deportes (hasta el 1%) y para otras finalidades, como ayudas al fútbol femenino o a la segunda división B (hasta el 0,5%).

En resumen, se trata de una norma con rango de ley que regula con enorme detalle cómo una serie de entes privados -los clubes de fútbol- podrán (y deberán) comercializar su principal producto -los derechos audiovisuales- y cómo se repartirán los ingresos que obtengan. Durante los últimos días se ha criticado la norma desde varios frentes, incluyendo el sindicato de futbolistas, que ha llegado a convocar una huelga -apoyada por la RFEF- y que ha sido suspendida in extremis de manera cautelar por la Audiencia Nacional. Tampoco puede negarse que genera ciertas dudas la fórmula legislativa elegida para regular esta materia (un real decreto-ley), cuya urgente necesidad cuesta ver, cuando la primera temporada que se regirá por esta norma parece que será la 2016/2017.

Pero dos cosas parecen ciertas: con la aprobación de este decreto se consigue una seguridad jurídica en este ámbito de la que no disponíamos y, además, la venta centralizada de los derechos audiovisuales puede suponer un punto de inflexión para el fútbol español, que lleva años esperando.

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