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Agravios comparativos en la morosidad

Una de las medidas de calado de esta legislatura fue la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que incluyó no solo el control de la deuda pública financiera, sino también de la deuda comercial para erradicar en lo posible la altísima morosidad de la Administración, en particular CCAA y Entidades Locales. Previamente se promulgaron dos Reales Decretos-ley coyunturales (4/2012 de 24 de febrero y 7/2012 de 9 de marzo) cuyo objetivo era abonar las facturas anteriores a 2012, algunas ni siquiera contabilizadas en presupuestos: las famosas facturas bajo las alfombras.

El último hito normativo fue la Ley Orgánica 9/2013, de Control de la Deuda Comercial del Sector Público, calificado por el gobierno como medida estructural, que introdujo el concepto de período medio de pago (PMP) a proveedores como expresión de deuda comercial, y obliga a las AAPP a publicarlo. El R.D. 635/2014 desarrolla su metodología de cálculo. La primera publicación mensual de la información prevista en el decreto debería tener lugar en octubre, referida a datos de septiembre de 2014, y la primera publicación trimestral sería también este mes, referida al trimestre anterior. Las entidades afectadas están expectantes por conocer los datos de las distintas CCAA.

El balance conjunto de estas medidas es positivo, puesto que el abono de facturas impagadas ha permitido sobrevivir a muchos proveedores que de otra forma hubieran cerrado (ver European Payment Index 2014, Intrum Justitia) y, por tanto, el mantenimiento de cientos de miles de empleos, según estimaciones solventes. Estos proveedores no solo han cobrado facturas pendientes a través de los iniciales Planes de Pago a Proveedores (que limpiaron el stock de facturas pendientes hasta el 31 de mayo de 2013), sino también a través del más reciente Fondo de Liquidez Autonómica (FLA). Posteriormente, la Ley 18/2014 (BOE 17/10) amplia los fondos a las AAPP "rezagadas", bajo ciertas condiciones. Estos instrumentos, de carácter voluntario para las CCAA, apenas han recibido críticas a la globalidad. Es más, gobiernos de otros países las han tomado como ejemplo.

Claro que, a propósito de la voluntariedad, cuando presidentes de algunas CCAA declararon que no se iban a acoger basándose en que no les era necesario, varias entidades se echaron a temblar. Las CCAA acogidas a estos instrumentos, de fácil aplicación, tuvieron que proporcionar listados de facturas pendientes, así como implantar mecanismos para que los proveedores comprobaran su inclusión en dichos listados y comunicar su voluntad de acudir al procedimiento, todo hasta el abono efectivo en sus cuentas bancarias. Que algún presidente autonómico se haya jactado de que su comunidad, con déficit, aunque fuera comparativamente reducido, sea financieramente autosuficiente, al mismo tiempo que anunciaba alguna reducción de ciertos impuestos, no le ha hecho ninguna gracia a ciertas entidades con serias dificultades económicas, ya sea una universidad pública (al principio no entraron en esos mecanismos) o una entidad prestadora de servicios sociales, cuyos recursos financieros dependan en gran parte de la CCAA. Esto y el que no todos los sectores han podido utilizar, ni conocido si pueden hacerlo, estos instrumentos han sido las sombras de un conjunto de medidas que eran absolutamente necesarias.

De ahí ciertas las críticas en el sentido de falta de transparencia, discriminación y utilización de recursos para "pagar a los amigos" e incluso despilfarros y gastos superfluos. Lo cierto es que varias entidades prestadoras de servicios sociales cofinanciados por las administraciones, que no son estrictamente proveedores comerciales (quienes, aun cobrando con retraso respecto a los 30 días de objetivo, lo hacen mucho antes) siguen cobrando sus conciertos económicos con varios meses de demora. La situación anterior era mucho peor, pero es conocido que cuando, por dificultades financieras graves, se deja de pagar unos meses a la Administración (Seguridad Social, Agencia Tributaria) no solo hay, inmediatamente, recargos importantes, sino, en caso de persistir el impago, embargos de cuentas y bienes.

Sin duda, las medidas para erradicar la morosidad del sector público han sido, en conjunto, necesarias. Quedamos ahora a la espera de la publicación de los períodos medios de pago. Así habrá ocasión de comprobar tanto el posible carácter discriminatorio de las medidas como las discrepancias entre Comunidades y la comparación con datos reales de cada sector, incluidos quienes no han podido acogerse, pues no olvidemos que el PMP es un indicador medio.

Juan Rubio Martín, profesor y Doctor en Economía de la Universidad Complutense de Madrid.

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