
El auto dictado por el Tribunal Supremo del pasado 18 de diciembre de 2013 en ejecución de la sentencia de 27 de noviembre de 2012, que declaró nulo el acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de julio de 2010 por el que se asignaba un múltiple digital de cobertura estatal a varias sociedades licenciatarias del servicio de televisión digital terrestre (TDT) de ámbito estatal (Atresmedia, Mediaset, Net TV y Veo Televisión), y ordenó el cese de emisiones de nueve de los veinticuatro canales de la TDT (el plazo que ha dado la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información termina hoy 6 de mayo), está originando un auténtico seísmo en las parcelas de todas las partes afectadas, que aparentemente provoca que todas ellas pierdan.
Pierden las empresas concesionarias de esos canales: Atresmedia con tres canales, Mediaset con dos canales, Veo TV con dos canales y Net TV con dos canales son las afectadas por la ejecución de la sentencia. El cese de las emisiones supone para ellas pérdidas millonarias tanto por falta de amortización de la inversión en su día realizada, como por publicidad, que podría alcanzar los 100 millones de euros.
Pierden las productoras de televisión y proveedores de contenidos: la asociación P.A.T.E. (Productoras Asociadas de Televisión de España) ha manifestado su profunda preocupación por el cierre de los canales, porque su desaparición impide la posibilidad de generar contenidos para los mismos y puestos de trabajo en la industria audiovisual, lo que en el momento actual de crisis como en el que nos encontramos es catastrófico.
Pierden los artistas, creadores, y demás profesionales autónomos que desempeñan su trabajo en el sector audiovisual, que verán limitado su posible campo de trabajo. Pierden los consumidores: la Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de los Medios (iCMedia) ha expresado su preocupación por el futuro de la TDT y ha manifestado que en la supresión de los canales no se ha tenido en cuenta el interés general de los usuarios.
Anormal funcionamiento de la Administración
Pierde el propio Estado, que se va a tener que enfrentar sin duda a una reclamación millonaria por responsabilidad patrimonial debido al anormal funcionamiento de la Administración, al haber asignado un múltiple digital de cobertura estatal a cada una de las sociedades licenciatarias sin seguir el procedimiento legal establecido, esto es, sin concurso público.
Pierde la seguridad jurídica y la Marca España, que ya está mermada por la crisis y la falta de esa seguridad en el sector energético. Medidas como esta trasmiten a empresas nacionales e internacionales del sector audiovisual la idea de que en España las concesiones por parte del Estado están sometidas a continuos vaivenes y revisiones judiciales que provocan situaciones inestables.
Ante todo esto cabe preguntarse si realmente pierden todos. ¿Pierde la empresa que recurrió ante la jurisdicción contencioso-administrativa y ha visto estimada su pretensión? ¿Pierden otras empresas prestadoras de servicios que podrían haber optado a esos canales de haberse seguido el procedimiento legal establecido y convocado un concurso público? ¿Pierde su credibilidad el sistema judicial, y el carácter revisor de la jurisdicción contencioso-administrativa de la actuación de la Administración? ¿Pierde realmente la seguridad jurídica, principio constitucional recogido en el artículo 9.3 de nuestra Constitución y acotado por el Tribunal Constitucional como "suma de certeza y legalidad, jerarquía y publicidad normativa, irretroactividad de lo no favorable, interdicción de la arbitrariedad" por dictar el Tribunal Supremo una sentencia aplicando la Ley General de la Comunicación Audiovisual? A la vista de todo ello, se podría decir que pierden algunos.
Rafael Juristo Contreras, abogado. Director del Área de Medios & Entretenimiento de Cremades & Calvo - Sotelo.