
El pasado 14 de octubre presentó su informe la Comisión de Expertos designada por el Consejo de Ministros para la elaboración de un estudio que analice la situación del buen gobierno de las sociedades en España. Tal como expone el acuerdo del Consejo de Ministros, la finalidad del informe es la proposición de cuantas medidas permitan mejorar la eficacia y responsabilidad en la gestión de las sociedades españolas.
A partir de dicho informe y, en los dos meses siguientes, el Gobierno deberá aprobar las reformas o propuestas normativas que resulten necesarias y la CNMV, en el plazo de cuatro meses, completar la revisión del vigente Código Unificado del Bueno Gobierno de las Sociedades Cotizadas.
Es evidente que la revisión de esta cuestión en este momento, no es baladí. Las principales revisiones en materia de gobierno corporativo han tenido lugar tras importantes crisis o en momentos en los que la concurrencia de una serie de escándalos financieros ha provocado una creciente atención sobre la necesidad de garantizar la transparencia del mercado y las sociedades que concurren al mismo -así por ejemplo la Ley Sarbanes-Oxley de EEUU o el Informe Winter de la Unión Europea, ambos del 2002 y que marcaron un hito en esta materia, vieron la luz tras el caso Enron y el estallido de la burbuja tecnológica de los años 90)-.
Y así lo ha entendido también en este caso la Comisión de Expertos, quién en la presentación de su informe cita que "las deficiencias en el gobiernos corporativo han jugado un papel muy relevante en la génesis y el desarrollo de la actual crisis financiera" y que "las normas y recomendaciones actuales no han proporcionado el entorno de control y equilibrio necesarios para reforzar las buenas prácticas empresariales".
No es fácil establecer normas sobre el gobierno corporativo, y una muestra de ello es la dicotomía que en la regulación de esta cuestión se ha debatido desde el inicio: el establecimiento de simples recomendaciones que cada sociedad pueda implementar a su consideración -bajo el principio de "cumplir o explicar"- o la imposición de una norma imperativa de obligado cumplimiento.
Y no es fácil porque en líneas generales lo que se pretende con el gobierno corporativo es alcanzar medidas y prácticas que eviten situaciones abusivas o una desinformación o mal uso de las responsabilidades de gestión que puedan perjudicar los interese de los inversores o accionistas, es decir la suma de transparencia y ética en los negocios. Y es claro que el primero de los conceptos es más sencillo de regular, pero el segundo -que lo conforma el conjunto de normas morales que rigen la conducta humana- es de difícil regulación más allá de principios de actuación.
No obstante, a pesar de tal dificultad, la Comisión de Expertos ha realizado una labor exhaustiva, ha presentado la revisión de diversos preceptos legislativos con la finalidad principalmente de: a) potenciar el papel de las juntas de accionistas en el control de las políticas de retribución de los órganos de gestión y alta dirección de la sociedad, b) establecer medidas dirigidas a evitar los conflictos de interés y amparar legítimas expectativas de los minoritarios y c) fijar iniciativas destinadas a que la información suministrada por los administradores a los socios y a los mercados sea veraz y comprensible.
Ahora le toca al Gobierno y a la CNMV la implementación de dichas propuestas y valorar la verdadera necesidad de cada una de ellas. No debería establecerse ahora un régimen encorsetado que establezca límites al ejercicio de las funciones de los administradores o al normal funcionamiento de las sociedades, que se rigen por el régimen democrático del voto de la mayoría. Ello requiere de equilibrio y mesura.
Natalia Martí Picó, Socia Roca Junyent.