La financiación ilegal de los partidos políticos está en buena medida en el origen de la desafección política que hoy amenaza la estabilidad de la democracia. Junto a los problemas de organización de las fuerzas políticas -que son oligárquicas y en las que no circulan las élites-, la búsqueda a la desesperada de recursos, en teoría para conseguir ventajas sobre los adversarios ideológicos, ha desacreditado radicalmente a los partidos políticos, en los que las marrullerías financieras han generado frecuentemente casos flagrantes de corrupción. Los episodios más resonantes fueron el caso Filesa, de financiación ilegal del PSOE a través de compañías pantalla; el caso Naseiro, sobre la financiación de Alianza Popular, que no llegó a sustanciarse en los tribunales por defectos de forma, y el caso Bárcenas, pieza separada del caso Gürtel, que parece enmascarar más de veinte años de financiación ilegal del PP.
En nuestro sistema democrático, como en muchos europeos, los partidos se financian con cargo a los presupuestos públicos. Para cubrir sus gastos corrientes reciben cada año cantidades de los Presupuestos Generales del Estado, acordes con su representatividad, y tienen también asignaciones para financiar las campañas electorales. En 2012, los partidos recibieron 65.880.000 euros de los Presupuestos Generales del Estado en concepto de «financiación a partidos políticos» que regula la Ley Orgánica 8/2007; algo más de 50 millones fueron para los dos grandes partidos estatales. Al margen de esta partida están los gastos electorales, que en 2012 fueron de escasa cuantía (44.495,95 euros) y los gastos de seguridad, por los que los partidos recibieron 3.382,75 euros. En años electorales -con elecciones municipales, generales, autonómicas o europeas-, lo gastado en tales rituales supera lo invertido en gastos corrientes.
Subvenciones públicas
Pero además de recibir subvenciones públicas, los partidos pueden percibir donaciones, reguladas por la mencionada ley de Financiación de Partidos Políticos de 2007, reformada en 2012. La norma vigente permite donaciones con un máximo de 100.000 euros por persona física o jurídica (están prohibidas las donaciones anónimas), y no pueden donar las empresas que presten servicios o realicen obras para las Administraciones Públicas o de capital mayoritariamente público, ni las empresas que formen parte del mismo grupo de aquellas que tengan contrato con Administraciones Públicas. Hay además otros requisitos: se establece un límite de 100.000 euros anuales a las condonaciones de deuda de los partidos por parte de las entidades de crédito; todas las donaciones superiores a 50.000 euros y las de bienes inmuebles deberán notificarse al Tribunal de Cuentas en tres meses; en el caso de aceptar donaciones que contravengan estos límites y requisitos, el Tribunal de Cuentas podrá sancionar a los infractores con una cuantía equivalente al doble de la aportación ilegalmente percibida. De cualquier modo, las donaciones legales representan apenas una pequeña parte de la financiación de los partidos. Así por ejemplo, en 2007, el PP recibió más de 68 millones de dinero público para todos sus gastos, en tanto tan sólo declaró donaciones por 4,97 millones.
Como puede verse, la aparentemente rígida regulación se queda en nada porque no se establecen sanciones significativas para los infractores, que por supuesto no contraen responsabilidad penal alguna. Además, hay portillos para el fraude de ley, como las donaciones a las fundaciones de los partidos, que plantean menos exigencias. En definitiva, la financiación público-privada de los partidos naufraga estrepitosamente por el flanco de la avaricia, que a menudo da lugar a abusos. Porque la financiación ilegal es la cobertura del saqueo a cargo de los administradores desleales.
Penalizaciones
Si en realidad se quisiese corregir este problema, los partidos políticos empezarían por penalizar debidamente las contravenciones a la ley de financiación. Si se piensa que las dádivas a los partidos nunca son del todo filantrópicas -salvo casos aislados de buena fe, siempre se encontrará una contrapartida-, se entenderá que exista una contigüidad más o menos evidente entre las donaciones y el cohecho, lo que debería obligar al legislador a imponer la mayor transparencia. Dicho en otros términos, habría que introducir en el código penal el delito de financiación ilegal de los partidos, de forma que el administrador poco escrupuloso o el empresario decidido a conseguir irregularmente concesiones o ventajas supiera que se juega la cárcel si es sorprendido.
Antonio Papell, periodista.