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El Banco de España penaliza el ahorro

Imagen de Thinkstock.

La iniciativa del Banco de España de imponer penalizaciones a los depósitos extratipados tiene una doble implicación que conviene ponderar. De un lado, supone una medida que claramente beneficia a dos sectores, como son la banca en su conjunto, aunque aquí los matices son variados, y la industria de los fondos de inversión. Sin embargo, el otro aspecto que conviene tener en cuenta y sobre el que no se está llamando la atención es que se trata de una medida claramente intervencionista además de tardía, que posiblemente busque desviar la atención en un momento delicado para la credibilidad de la máxima entidad supervisora en España, tras conocer las polémicas desavenencias surgidas en torno a sus inspectores.

La penalización consiste en obligar a aquellas entidades que comercialicen más del 15% de sus depósitos a tener una mayor exigencia de ratios de capital. Tampoco es que se trate de una penalización en el sentido estricto, sino que supone elevar el mínimo de solvencia con criterios más exigentes. Adicionalmente, según las últimas informaciones, esa limitación en el pasivo más líquido se extenderá también a pagarés y bonos emitidos por las propias entidades, lo cual amplía las consideraciones.

En otras palabras, el Banco de España esgrime que quien quiera remunerar el ahorro con tipos más elevados lo justifique con una mayor solvencia. Esa decisión es muy loable, pero, como decía, no sólo llega tarde, sino que se constituye como un favor a la banca, que no ha hecho precisamente méritos en los últimos años como para merecerlo.

En términos prácticos, la medida supone establecer un cap a los tipos que se pagan en cuentas remuneradas a plazo, en un momento en el que cabalmente el ahorro se encuentra en mínimos de la década. No olvidemos que atravesamos el ecuador de un ciclo de tipos de referencia ultrabajos y que en la práctica se podría estar remunerando todo el pasivo a tipos reales negativos, como tradicionalmente siempre ha ocurrido con los depósitos a la vista. De esta forma se limita la posibilidad de reabrir una guerra comercial entre entidades, por lo que, asumiendo un recorte en la oferta y la no renovación de depósitos con remuneraciones digamos elevadas, se está ampliando el margen de intereses de las entidades financieras. En otras palabras, se está dotando de un colchón de beneficios con el que no se contaba, pues el ciclo es de diferenciales estrechos y esta medida les permitiría ganar algunas décimas sobre sus ATM. Haciendo un cálculo somero, sólo para las mayores entidades la medida podría suponer en torno a 1.500 millones de euros de beneficio antes de impuestos por la reducción del coste de su pasivo, ello sin contar el impacto en futuras emisiones de bonos y pagarés, pues es de esperar una sensible caída en la rentabilidad ofertada en estas emisiones.

Un medida intervencionista

El otro lado del análisis es que esa medida es intervencionista, pues se hace en beneficio de las entidades -en caso contrario, habría que argumentar por qué no se hizo con anterioridad, tras demostrarse que elevando las aportaciones al FGD no se consiguió frenar la guerra por el pasivo- y, además, limita la oferta, ya que penaliza a las entidades más solventes con un mayor consumo de capital. También es una medida contraria a los intereses de los ahorradores, pues penalizar la oferta del mercado supone siempre restringir la competencia.

¿No sería más práctico establecer una vigilancia mayor sobre entidades y regular las prácticas de las campañas de oferta? Por ejemplo, estableciendo esa normativa para entidades con riesgo de mantener las ratios de capital o que se encuentren intervenidas. No parece lógico que, en un momento en el que la capacidad de ahorro se encuentra tan baja, el organismo supervisor regule en contra de unos y a favor de otros -aunque esto no es estrictamente así, pues todos entendemos que la función del Banco de España es totalmente imparcial-. Y qué decir de las emisiones: limitando las rentabilidades lo que se está haciendo es beneficiar aún más el margen de intereses por el lado de su coste, con lo que de nuevo se pone de manifiesto el carácter extrarregulado de la norma.

Al margen de los bancos hay otro sector beneficiado, la industria de fondos de inversión. Uno de los mayores enemigos para el ahorro colectivo eran las cuentas extratipadas. El incentivo a invertir en productos cuya rentabilidad teórica podría oscilar al nivel de una cuenta con alta remuneración es evidente que era nulo. ¿Quién querría comprar fondos de renta fija o monetarios con tipos de pasivo próximos al 5%, máxime con la falta de incentivo fiscal existente en los fondos? La respuesta es fácil. Ahora, los ahorradores encontrarán una mayor oferta de producto y alternativas diferentes a la oferta pasiva por excelencia. Precisamente esta cuestión podría afectar a los bancos si no son capaces de retener al cliente, bien en su pasivo, bien en productos fuera de balance como son los fondos de inversión. En este sentido, la gran beneficiada es la banca privada y las gestoras boutique, cuya oferta ganará en atractivo, pues los bancos y sus cuentas pueden dejar de ser la amenaza letal que eran hasta la fecha.

Alberto Roldán, analista financiero.

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