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¿Será Cataluña un nuevo Estado de la UE?

Foto: elEconomista.

El Rey, en un inesperado mensaje, ha calificado de quimera la eventual independencia de Cataluña. Pero, pese a ello, el interés informativo de esta cuestión ha traspasado fronteras. La prensa internacional se refiere, con gran interés, a la posibilidad de que Cataluña se convierta en un Estado independiente, y tras ello, se produzca su incorporación como Estado miembro a la Unión Europea. The Economist, por ejemplo, se pregunta si la independencia de Cataluña estará cercana. La independencia y el papel en Europa de Cataluña permiten reflexiones tanto desde la óptica política como desde jurídica. La previa, sin duda, es la aproximación social y política. Señalaré al respecto dos notas. La primera, que claramente en Cataluña existe un descontento generalizado. No solo por la situación económica -problema común al resto de España- sino porque un sector muy significativo de la población percibe como una agresión la política estatal en relación a la nación catalana. Ya veremos si es un sentimiento tan amplio y vertical en las distintas capas de población, como para celebrar unas elecciones anticipadas, cuyo resultado sea el pretendido por CIU. La segunda nota, también clara, se refiere a lo delicado -e inoportuno- de esgrimir y alentar este tema en momentos tan graves para España determinantes, posiblemente, para la siguiente generación. Las dos cuestiones son sabidas y establecen el marco temporal, social y político de la ¿quimera? independentista.

La aproximación jurídica se refiere al destino que tenga Cataluña fuera de España. Debe aclararse que estar fuera no es estar federado ni confederado, por adoptarse constitucionalmente una de esas estructuras. A mi juicio aquí ya superadas. La libertad autonómica de la que goza Cataluña, tras la publicación del nuevo estatuto y la tardía matización del Tribunal Constitucional, sin duda, es mas profunda que la que se le permite en un estado federado, como lo es Alemania o EEUU, o confederado, como lo es Suiza. Es, además, una libertad asimétrica: solo las comunidades históricas gozan en España de privilegios. A Cataluña le falta el fiscal, germen de la amenaza de ruptura.

Para que Cataluña esté, realmente, fuera de España, es necesario que exista una separación o bien que se produzca una secesión, tal como se define en nuestras leyes penales. Es de entender que la última hipótesis, no se baraja, por irrazonable. No existe un marco jurídico, en el derecho interno ni en el derecho internacional público, que permita la ruptura secesionista de un Estado miembro de la Unión Europea. La separación, no secesionista, exigiría un proceso de reforma constitucional que condujera a la ruptura de España en sus actuales parámetros territoriales y al nacimiento, tras la aceptación en referéndum nacional, y refundición constitucional, de un nuevo Estado, el catalán, con fronteras hoy indefinidas ¿También Baleares y parte de la Comunidad Valenciana?; con lengua, historia y cultura propia -siempre entrelazadas en la historia y cultura española-; con Código Civil, pero sin derecho público, moneda ni estructura estatal.

Suscita, además, interés, conocer en qué situación quedaría la Cataluña independizada -en la hipótesis expresada- respecto de la Unión Europea. La respuesta es que, sin duda, quedaría fuera de ella y en ningún caso permanecería arropada por las Instituciones europeas. Conforme al artículo 49 del Tratado de la Unión Europea, trasunto del Derecho de los Tratados, existirá pretensión de pertenencia como nuevo estado miembro, nunca pretensión de permanencia como parte de un estado miembro. Este es un supuesto no contemplado e impensable. Su mero planteamiento exigiría unanimidad de los estados socios, incluida España, y la apertura del proceso de modificación de los tratados constitutivos. Suponiendo que la capacidad de absorción de las instituciones europeas permitieran aceptar un nuevo Estado, Cataluña debería cumplir las condiciones ideológicas, económicas y jurídicas requeridas. Entre ellas, será fácil el cumplimiento del acquis o acervo comunitario, conjunto de normas vigentes con carácter común en toda la Unión. Pero precisaría las estructuras de un estado de derecho, adaptado administrativamente, en las que no son tema menor, su propio nacimiento como estado. Tras ello, sería requerido un periodo de adaptación variable, generalmente acompañado de acuerdos bilaterales.

La problemática no es traspasable a otros supuestos europeos aparentemente similares. El caso de Cataluña nada tiene que ver con el relativo a los países balcánicos procedentes de la desintegrada Yugoslavia, hoy algunos de ellos, países candidatos. De ellos, Croacia, el 1 de enero de 2013 será un nuevo estado miembro. Gran Bretaña presenta demasiadas singularidades para parecerse a nadie. En Escocia, Cameron permitirá que en 2014 se celebre un referéndum y tras su resultado la eventual gestión de sus reservas petrolíferas. Pero no olvidemos su tercera vía: devo max. Podría ser que sin ruptura, Escocia mantuviera la corona, la libra esterlina, el ejercito, la BBC y el servicio nacional de salud. Menos nos une a la Cataluña actual. Se hace vívida la imagen gráfica del president Mas, el primer día, trasportando un timón, creo recordar de su abuelo, timón que ahora parece conducirnos, a todos, a aguas procelosas.

Ana Fernández- Tresguerres, notaria. Consejera editorial de elEconomista.

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