
El anteproyecto de la Ley de Transparencia, en su Título I, promete con una mano lo que niega con la otra. Despliega una ruidosa traca de derechos y garantías de acceso ciudadano a la información sobre la cosa pública, para luego escamotearlo hábilmente mediante el socorrido recurso al silencio administrativo.
El ciudadano podrá preguntar lo que le parezca, pero la Administración se reserva el derecho de contestar a lo que le plazca. Si al cabo de un plazo de uno o dos meses no recibe respuesta olvídese del asunto; ha topado usted con el muro del silencio administrativo. La callada por respuesta.
Si usted es de los que insiste, persiste y no desiste, puede ¡faltaría más! presentar un recurso... que a su vez podrá ser resuelto mediante un nuevo silencio administrativo. Una vez más nos embelesan con iniciativas legislativas de escaparate que luego quedaran en... "nada".
El artículo 10 de este anteproyecto en su calculada incorrección restringe el derecho de acceso a la información en los siguientes supuestos: "cuando esto pueda suponer un perjuicio a los intereses económicos y comerciales y/o a la política económica". Bajo esa acogedora manta pueden cobijarse al abrigo de la prometida transparencia las deliberaciones del Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores, ICO y un largo etc., cajas incluidas.
El artículo 13 ahonda en las excepciones a las que pueden acogerse las administraciones para excusar su silencio: "la información solicitada está en curso de elaboración" o sentimos no poder contestarle porque "para la divulgación de la información solicitada se necesitaría una acción previa de elaboración". Juegos de manos, juegos de ilusión. Una nueva Ley se presenta ante el ciudadano con una amplia sonrisa, pero... sin dientes.
Ignacio Nart, analista financiero.