El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha desestimado el recurso presentado por Telefónica Móviles España contra la ordenanza fiscal de Sabadell (Barcelona) relativa a las tasa por aprovechamiento especial del dominio público, al considerar que las compañías de telefonía sí están contempladas en la tributación por tasas locales.
SABADELL (SAB.MC)(BARCELONA), 22 (EUROPA PRESS)
El Ayuntamiento de Sabadell calcula que le corresponde obtener unos ingresos 800.000 euros anuales del conjunto de compañías TELEFÓNICA (TEF.MC) por este concepto, según explicaron a Europa Press fuentes municipales.
El TSJC da la razón al consistorio y apunta que "sí existe una utilización explícita del dominio público local", ya que parte de las redes de comunicación están cableadas y por lo tanto discurren en propiedad pública.
Asimismo, concluye que el aprovechamiento del dominio público "no se puede circunscribir únicamente al titular de la red", ya que el hecho gravable no es la titularidad sino el uso que se realiza del domino público.
En su recurso, Telefónica Móviles alegaba que el ámbito de la telefonía está excluido de la Ley de Haciendas Locales, que la telefonía móvil no hace uso del dominio público local y que en caso de hacerlo de manera "residual", las compañías alquilan una red ya existente propiedad de otra empresa diferenciada.
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